Juan Contreras
Cuando el dictador chileno Augusto Pinochet encargó al ahora Presidente José
Piñera Echenique la cartera de Ministro de Trabajo (1979-1981), puso en agenda
la tarea de llevar a cabo la reforma laboral (menos derechos, más desprotección
laboral) más antilaboral y antisindical, acaso el experimento más ambicioso del
régimen militar, sin el cual no sería posible alfombrar la economía de libre
mercado en Chile. El sangriento golpe militar del 11.09.1773 fue el medio, el
instrumento para desarticular el importante tejido social y sindical que
entonces existía enChile.
Para
ejecutar el plan laboral con Piñeras a la cabeza no dudó el dictador chileno en
prohibir la actividad sindical, apresar y deportar a los dirigentes sindicales,
prohibir la participación política del sindicalismo chileno en los partidos políticos,
reducir la negociación colectiva a la relación entre partes individuales,
abolir el derecho de huelga, etc.
Toda
la historia de esta nefasta etapa del autoritarismo militar chileno se
encuentra expresamente desarrollada por el propio protagonista y ejecutor de
este modelo laboral José Piñera en su libro “La Revolución Laboral” publicada
en 1990. Chile fue entonces el laboratorio en el que las políticas laborales
pro mercado auspiciadas por poderosos bloques empresariales fueron
rigurosamente aplicadas para lanzar al pasado lo que ellos denominaron “el
costo socialista”. Con el curso de los años Chile sirvió de espejo al resto de
los países de América Latina.
En
otras latitudes, la reforma laboral no necesitó de dictaduras sangrientas, sino
de regímenes civiles vendepatrias, sometidos por completo al modelo neoliberal,
como los gobiernos de Menem (Argentina), Cardoso (Brasil), Fujimori, Toledo,
García, Humala y PPK), Frei, Lagos, Bachelet (Chile), entre otros, revelando su
carácter continental y global. A todo tren el espíritu de José Piñera recorrió
gran parte de nuestra región.
Junto
a la liberalización de la economía y la privatización de las empresas públicas,
la reforma laboral entra en curso en el Perú tras el autogolpe de 1992, a
partir de la alianza entre las cúpulas políticas, militares y empresariales
encabezados por la dupla Fujimori y Montesinos. Hecha la Constitución Política
de 1993 no queda duda ya que la organización del aparato estatal y su
estructura económica han sido diseñadas para consolidar los intereses del
empresariado transnacional, más no la nación.
En
el caso peruano, la reforma laboral en el sector educación se ha puesto en
ejecución a través de una ley base, la Ley de Reforma Magisterial N° 29944 y un
paquete de políticas laborales diseminadas en las cinco modificatorias: D.S. N°
007-2015-MED (10.07.15), D.S. N° 011-2016-MED (28.07.16), D.S. N° 013-2016-MED
(08.08.16), Ley N° 30541 (23.02.17), D.S. N°005-17-MED (19.05.17) desde el 2015
al 2017) a la ley primigenia, las que brevemente examinamos en sus aspectos
centrales:
1)
Desnaturalización del concepto de carrera pública al perennizar ad infinitum el
régimen de contratación laboral (contratos de plazo determinado) para el
profesorado y personal directivo;
2)
Fomento de mecanismos de disciplinamiento laboral a través del fortalecimiento
del poder sancionador del Estado para la imposición de procesos administrativos
disciplinarios orientados a frenar el derecho a la organización sindical, la
sobre carga laboral, el control laboral y el aumento de las causales de cese
temporal y destitución de la función docente, como la inasistencia
injustificada a la evaluación de desempeño;
3)
La unilateralidad patronal en el proceso de toma de decisiones para el
ejercicio de la huelga cuya resolución de procedencia corresponde de manera
exclusiva a la autoridad educativa recortando el ejercicio de la libertad
sindical.
4)
La excesiva reglamentación del derecho de huelga y la prohibición de la
actividad sindical en las II. EE., incluyendo las sanciones disciplinarias al
personal directivo por facilitar laS actividades sindicales;
5)
La potestad de contratar personal sustituto durante el curso de la acción
huelguística;
6)
El excesivo control sobre la jornada laboral (tardanzas con efectos sobre las
remuneraciones del personal docente);
7)
La prohibición en la negociación colectiva de los temas
económicos-remunerativos con efecto directo en el congelamiento de las
asignaciones económicas por tiempo de servicios, preparación de clases y otros
beneficios económicos, etc.
Por
ello fortalecer la organización sindical constituye una necesidad histórica por
desarrollar en el Perú. Un reciente informe del SERVIR dió cuenta que del
universo de servidores públicos ascendentes a 1.073,146 (Estimaciones del Centro
de Investigación Cuanto) sólo el 16% se encuentra sindicalizado, siendo estos
del sector salud, educación, municipios y de empresas estatales ubicados en los
regímenes laborales (276, 728, 29444). No ocurre así en los trabajadores CAS
(1057) que ascienden a casi 275 mil servidores en los tres niveles del Estado
como detalla el Informe del Régimen CAS del SERVIR publicado a mediados del
2017. Mientras, casi 160 mil docentes contratados no gozan de otro derecho que
el contrato temporal, sin otro aliciente importante. Sin duda, el
debilitamiento sindical resulta siendo más elo
En esas condiciones económico-laborales se impone
fortalecer las organizaciones sindicales. Fuera del sindicato no hay otra forma
de solidaridad de la clase trabajadora. Necesitamos construir organización,
prevalecer los intereses de clase de los trabajadores, como decía Mariátegui
alrededor de la Unidad Proletaria, que no es sino la unidad de los trabajadores
para la defensa y promoción de sus derechos e intereses concretos, vinculado a
la construcción de otra forma de organización política y social en el Perú. ///
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