"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

22/3/17

"AUMENTO DE SUELDO": UNA FARSA MÁS DEL GOBIERNO DE TURNO CON LA ENJUICIADA LRM Y SU MODIFICATORIA LEY 30541.

ES ILUSO CREER LAS CARNADAS DEL AUMENTO DE SUELDO Y ASCENSO DE ESCALA BAJO LA LRM CUANDO SU FIN ES LA EXPLOTACIÓN Y EL GENOCIDIO LABORAL Y LA PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA.
En efecto, con el pretexto del distractor de la farsa de aumento de sueldo en marzo del 2017, la Comisión Permanente del Congreso en enero 2017 aprobó la propuesta del MINEDU para implementar la inconstitucional evaluación de permanencia vía la evaluación de desempeño docente con fin de iniciar el masivo despido de los docentes nombrados bajo la Ley del Profesorado y de la Ley CPM, propuesta aprobada que se promulgó mediante Ley 30541 que modifica la LRM.
Sin embargo, ni siquiera la farsa de aumento de sueldo sea dado, demostrando una vez más que a este gobierno de turno lo único que le interesa es explotar más al docente con las ilegales horas de incremento (horas que han servido para hacer creer a la opinión pública que existe aumento de sueldo) así como psicosear con la inconstitucional evaluación de desempeño docente y aplicar el segundo genocidio laboral y acentuar la privatización de la educación pública vía las APP, JEC, obras por impuestos, etc. en complicidad de los ilegítimos, "legales" y usurpadores del CEN SUTEP=patria roja, oportunistas serviles a los gobiernos de turno y del estado neoliberal.
Recuerde. "hecho la ley, hecho la trampa"
La Ley 30541, que modifica la LRM dice:

“Artículo 65. Jornada de trabajo
La jornada de trabajo del profesor se determina de acuerdo al área de gestión en la que se desempeña:
a) En el área de gestión pedagógica, la jornada de trabajo del profesor con aula a cargo es de treinta y dos (32) o treinta y cinco (35) horas pedagógicas semanales - mensuales, las cuales pueden ser lectivas o no lectivas, según modalidad, forma, nivel o ciclo educativo en el que presta servicio. (...)".

“DÉCIMA OCTAVA. Implementación progresiva de la jornada de trabajo del profesor con aula a cargo en el área de gestión pedagógica.
Para la implementación de la jornada de trabajo del profesor con aula a cargo que se desempeña en el área de gestión pedagógica prevista en el literal a) del artículo 65 de la presente Ley, a partir del año 2017 podrá incrementarse a razón de no más de dos (2) horas pedagógicas semanales por año, hasta alcanzar la jornada a que se hace referencia en dicho artículo. Mediante decreto supremo el Ministerio de Educación define el número de horas a incrementarse según modalidad, forma, nivel o ciclo educativo en el que presta servicio el profesor, previa evaluación de la necesidad de aumentar el servicio.”

“DÉCIMA NOVENA. Índices remunerativos según la escala magisterial
La modificación de los índices remunerativos porcentuales según la escala magisterial del artículo 57 de la Ley de Reforma Magisterial, entrará en vigencia a partir de la emisión del decreto supremo que apruebe la nueva Remuneración Íntegra Mensual – RIM de Profesor de la Primera Escala Magisterial.”

Es decir, en tanto no se emita el DS. que apruebe el incremento de horas y el nuevo RIM, la farsa de aumento de sueldo no se dará.
Ante esta realidad, invocamos al Magisterio Nacional, si no lo ha hecho, a sumarse a nuestra LUCHA LEGAL Y DIRECTA, NACIONAL E INTERNACIONAL por la NULIDAD O DEROGATORIA POR CAUSAL DE NULIDAD de la Confiscadora, Explotadora y Genocida Ley de Reforma Magisterial en pos de la Restitución de Nuestro Régimen Laboral Estable de la Ley del Profesorado, ley que se gana más de 2 mil, con estabilidad laboral y sin explotación laboral con las ilegales horas de incremento y sin evaluaciones prodespido laboral. Lo demás es pura farsa.
Recuerde que conforme la Ley del Profesorado, un docente de V Nivel debería ganar conforme un Viceministro y el aumento de sueldo era conforme el costo de vida, que actualizado sería más de 3 mil soles como sueldo base y con 24 horas pedagógicas. Todo esto fue confiscado por la LRM, que trabajamos más y ganamos menos y encima nos chantajea con el despido laboral.
POR ESTO Y MUCHO MÁS RAZONES:

POR LA NULIDAD O DEROGATORIA POR CAUSAL DE NULIDAD DE LA LRM!!!

POR LA RESTITUCIÓN DE NUESTRA RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO Y TODAS NUESTRAS BONIFICACIONES CONFISCADAS!!!
POR LA REPOSICIÓN DE LOS DESPEDIDOS BAJO LA ENJUICIADA LRM Y RESPETO DE SUS PLAZAS PRESUPUESTADAS!!!
POR NOMBRAMIENTO CON ESTABILIDAD LABORAL Y CON NUEVAS PLAZAS PRESUPUESTADAS!!!
POR UNA EDUCACIÓN PÚBLICA, GRATUITA Y CIENTÍFICA!!!

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