EL REAL AUMENTO DE SUELDO POR HORA PEDAGÓGICA ES DE MENOS DE 2 SOLES CON 30 HORAS PEDAGÓGICAS - HP PERO SI AUMENTA Y A 32 HP ES MENOS DE 1 SOL.
Ayer, 29 de marzo se publicó el Ds. 070-2017-EF dando a conocer el engañoso aumento de 51.83 soles a 59.35 soles por hora de trabajo semanal-mensual dado por el MEF, faltando el DS del MINEDU que aumente las horas de trabajo a 32 o más horas pedagógicas, es decir aumento de explotación laboral. Encima la Compensatoria Extraordinaria Transitoria no está afecta a cargas sociales y no es pensionable.
En efecto, si sumamos el engañoso S/. 51.83 la hora pedagógica que difunde el MINEDU con las 24 horas pedagógicas más las arbitrarias e ilegales horas de incremento, resuelta 30 horas semanales. Es decir, S/. 51.83 x 30 = S/. 1554.91 el sueldo de un docente de 1ra. escala magisterial. Sin embargo, sabemos que son 30 horas a la semana y si contamos las 4 semanas (28 días) más media semana (2 a 3 días) resulta 30 o 31 días que tiene cada mes. Entonces, esos 1554.91 tenemos que dividirlo con entre las 4 semanas y media que tiene el mes para saber el REAL SUELDO por Hora Pedagógica o de Trabajo ante el engañoso sueldo de S/. 51.83 por hora de trabajo semanal-mensual que difunde el MINEDU y CÍA ya que como el docente trabaja semanalmente 30 horas a la semana, resulta que 30 x 4=120 (28 días) y si a eso sumamos 15 horas más (2 o 3 días aprox. o media semana), resulta que trabajamos un promedio de 135 horas pedagógicas al mes y para saber cuando realmente ganamos por hora pedagógica, tenemos que dividir el sueldo de 1554.91/135=11.517, ES DECIR, MARZO 2017 LA HORA PEDAGÓGICA ES DE MENOS DE 12 SOLES.
Ahora bien, con la farsa de aumento de 51.83 a 59.35, sólo sacando con 30 horas pedagógicas, multiplicaríamos S/. 59.35 x 30 = S/. 1780.5, es decir, supuestamente el aumento de sueldo es de S/. 225.59. PERO, la farsa de aumento no es de 225.59 sino 121.94 ya que si multiplicamos 51.83 x 32= S/.1658.56, es decir si restando 1780.5 (actualmente con 30 horas pedagógicas) con 1658.56 (con 32 horas pedagógicas), resulta los S/. 121.94, ES DECIR LA FARSA DE AUMENTO DE SUELDO SERÍA APENAS un POCO MÁS DE S/. 120 SOLES MENSUALES Y NO S/. 225.59.
REPETIMOS: la farsa de aumento de sueldo es con condición de aumento de horas de trabajo a 32 o más y con fines de despido laboral.
Y NO SOLO ESO, con respeto a la HORA PEDAGÓGICA, con el DS. 070-2017-EF se tendría que dividir 1780.5/135= S/. 13.1888, ES DECIR, LA HORA PEDAGÓGICA SERÍA DE UN POCO MÁS DE S/. 13 SOLES. Entonces si restamos 13.188 - 11.517 = S/. 1.67 ES DECIR LA FARSA DE AUMENTO DE SUELDO POR HORA PEDAGÓGICA ES MENOS DE S/.1.70. Pero, si se aumenta la hora a 32 o más de trabajo, resulta que sólo con 32 horas, tendríamos primero multiplicar 32x4=128 más 16 por la media semana, resulta que trabajamos un promedio de 144 horas pedagógicas al mes. Entonces, al dividir 1780.5/144= S/.12.364.
Entonces, si restamos S/. 12.364-11.517=S/.0.847.5 LA HORA PEDAGÓGICA, ES DECIR LA FARSA DE AUMENTO DE SUELDO CON EL AUMENTO DE HORA PEDAGÓGICA SERÍA DE MENOS DE 0.90 CÉNTIMOS APROXIMADAMENTE.
EN CAMBIO, con un sueldo de S/. 2000 bajo el RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA Ley del Profesorado con 24 horas semanales, sumando las 04 semanas, resulta 96 horas y como el mes abarca más o menos media semana más, si sumamos 96 horas más 12 horas, finalmente resulta 102 horas de trabajo al mes. Entonces, si dividiéramos sólo 2000/102=19.607, es decir alrededor de 20 soles la hora pedagógica como mínimo (Ver talón de cheque de la Ley del Profesorado de más 2000 soles).
RESUMEN:
1) SUELDO MARZO 2017 DE 1RA. ESCALA BAJO LA LRM:
S/: 1554.91 CON 135 HORAS PEDAGÓGICAS APROXIMADAMENTE AL MES.
S/. 11.517 SUELDO LA HORA PEDAGÓGICA.
2) CON EL DS. 070-2017-EF SUELDO DE 1RA ESCALA:
S/: 1780.5 CON 135 HORAS PEDAGÓGICAS APROXIMADAMENTE AL MES.
S/. 13.188 SUELDO LA HORA PEDAGÓGICA.
3) ENTONCES, SUPUESTAMENTE CON 30 HORAS PEDAGÓGICAS:
EL SUELDO AUMENTO A S/. 225.59 AL MES.
EL SUELDO DE LA HORA PEDAGÓGICA AUMENTA A S/. 1.67.
4) SI SE INCREMENTA A 32 HORAS PEDAGÓGICAS:
S/: 1780.5 CON 144 HORAS PEDAGÓGICAS APROXIMADAMENTE AL MES.
S/. 12.188 SUELDO LA HORA PEDAGÓGICA.
5) POR TANTO, CON EL POSIBLE AUMENTO A 32 HORAS PEDAGÓGICAS:
EL AUMENTO NO SERÍA DE 225.59 SINO DE S/. 121.94 AL MES.
EL AUMENTO DE LA HORA PEDAGÓGICA SERÍA DE S/. 0847.5.
6) LA LEY DEL PROFESORADO CON 24 HORAS PEDAGÓGICAS:
EL SUELDO REAL Y LEGAL DE S/. 2000.
LA HORA PEDAGÓGICA ES DE S/. 19.607.
CONCLUSIÓN: CON LA LEY DEL PROFESORADO GANARÍAMOS MÁS Y CON ESTABILIDAD LABORAL. POR ESO TODO AUMENTO DE SUELDO BAJO LA LRM ES PURA FARSA.
Ante esta realidad, invocamos al Magisterio Nacional, si no lo ha hecho, a sumarse a nuestra LUCHA LEGAL Y DIRECTA, NACIONAL E INTERNACIONAL por la NULIDAD O DEROGATORIA POR CAUSAL DE NULIDAD de la Confiscadora, Explotadora y Genocida Ley de Reforma Magisterial en pos de la Restitución de Nuestro Régimen Laboral Estable de la Ley del Profesorado, ley que se gana más de 2 mil, con estabilidad laboral y sin explotación laboral con las ilegales horas de incremento y sin evaluaciones prodespido laboral. Lo demás es pura farsa.
Recuerde que conforme la Ley del Profesorado, un docente de V Nivel debería ganar conforme un Viceministro y el aumento de sueldo era conforme el costo de vida, que actualizado sería más de 3 mil soles como sueldo base y con 24 horas pedagógicas. Todo esto fue confiscado por la LRM, que trabajamos más y ganamos menos y encima nos chantajea con el despido laboral.
POR ESTO Y MUCHO MÁS RAZONES:
POR LA NULIDAD O DEROGATORIA POR CAUSAL DE NULIDAD DE LA LRM!!!
POR LA RESTITUCIÓN DE NUESTRA RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO Y TODAS NUESTRAS BONIFICACIONES CONFISCADAS!!!
POR LA REPOSICIÓN DE LOS DESPEDIDOS BAJO LA ENJUICIADA LRM Y RESPETO DE SUS PLAZAS PRESUPUESTADAS!!!
POR NOMBRAMIENTO CON ESTABILIDAD LABORAL Y CON NUEVAS PLAZAS PRESUPUESTADAS!!!
POR UNA EDUCACIÓN PÚBLICA, GRATUITA Y CIENTÍFICA!!!
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