"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

1/9/18

COMUNICADO: SOBRE LA VISTA DE LA CAUSA EN AREQUIPA DEL 24 DE AGOSTO 2018



DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS

El viernes 24 de agosto del presente año a horas 9.00 am en la ciudad de Arequipa, se ha llevado a cabo la AUDIENCIA PÚBLICA, sobre las fundamentaciones y razones del porque debe ser expulsado del ordenamiento jurídico el D.U. 012-2017 y conexos (instrumento de la política neoliberal conjuntamente con la  ley de Reforma Magisterial y conexos), norma con el cual el Estado mediante el Gobierno actual ha implementado una vez más, una política de criminalización, deslegitimación,  persecución y sanción con cese temporal de dirigentes por el ejercicio del derecho constitucional de huelga.

En esta audiencia, han fundamentado sobre la cuestión de hechos el maestro Pedro Castillo Terrones y sobre la cuestión de derechos el Dr. Aníbal Florentino Arias, quienes previamente de manera cohesionada, certera y en equipo, conjuntamente con el Dr. Hilso Ramos Cosme, Dr. Segundo Quiroz Barboza, maestra María Atoche Vilca y maestro Edgar Tello Montes;  han expresado con hechos concretos que el D.U. 012-2017 viola la constitución, por cuanto el Estado ha hecho un uso indebido de una norma (D.U.) para proceder sobre derechos y actos eminentemente laborares y no solamente sobre cuestiones económicas y financieras como dispone la Constitución Política.

Así, el Tribunal Constitucional, recogiendo lo planteado por los maestros y más de 8,000 ciudadanos patrocinantes de esta demanda de inconstitucionalidad del Expediente N° 0003-2018-PI/TC  convocados por el Comité Nacional de Lucha de las Bases Regionales del Sutep, ha desbaratado la teoría de la representante del Poder Ejecutivo, al señalarle que el D.U. no tiene vigencia temporal, es decir; solo cuando dura la huelga del 2017, sino que sus efectos y conexos se expresan incluso hasta hoy día, sentando base jurídica en este ilegal D.U. 012-2018 Y están sancionando por ejercer derecho de huelga a mas de 14,000 maestros y pretenden cesarlos del trabajo, perpetrando con ello unGENOCIDIO LABORAL Y CRIMEN DE LESA HUMANIDAD, por cuanto están exterminando y condenando a una muerte civil, laboral y pedagógica a quienes se atreven a  confrontar la neoliberal Ley de Reforma Magisterial. ESTA AGRESION NO DEBE PASAR Y PERMITIRSE.

Asimismo, ha quedado desbaratado la teoría de la representante del P. Ejecutivo en el sentido que teniendo carácter temporal el D.U. la demanda debe ser archivada porque se ha producido la SUSTRACCION DE LA MATERIA, es decir; habiendo supuestamente cumplido su temporalidad ya no hay necesidad de pronunciarse ni por el fondo ni por la forma, y entonces si es temporal y si ya no tendría vigencia, porque se expresa sanciones con actos concretos como el del maestro Tello?

Peor aún, hoy el D.U. N° 007-2017 con el cual están instaurando procesos administrativos sancionadores y están cesando temporalmente a maestros, como es el de la maestra contratada Sony Meléndez de la UGEL Ventanilla - Callao,  es cría y parte misma del D.U. N° 012-2017.Entonces la expulsión de este D.U.012 mediante la demanda  de inconstitucionalidad presentada, es clave para el magisterio nacional, en razón de un principio: “caído, expulsado lo principal, lo accesorio corre la misma suerte”.

En este orden de ideas, sin triunfalismos, poniendo bien en tierra nuestros zapatos, consideramos un buen paso el haber fundamentado adecuadamente la demanda de inconstitucionalidad en la Ciudad de Arequipa, y los maestros del Perú exigimos justicia a los Magistrados del Tribunal Constitucional, invocamos que efectúen un justo control constitucional y emitan una sentencia de recta conciencia, con trasparencia y sin presión política de parte de los representantes del Estado. En este sentido, llamamos al Magisterio Nacional a estar vigilantes y atentos a los acontecimientos sobre esta demanda que tendrá una sentencia aproximadamente en dos o tres meses a partir de la vista.

Saludar a todos los maestros del Perú que día a día luchan por hacer respetar sus derechos, a las delegaciones que venciendo todo tipo de limitaciones han asistido el día de la audiencia como AREQUIPA, PUNO, ICA, CALLAO, MOQUEGUA, TACNA, LIMA METROPOLITANA, CUSCO, Y TODOS LOS MAESTROS QUE EN SUS REGIONES HAN ESTADO PENDIENTES DE ESTOS ACONTECIMIENTOS.
UNA LECCION MAS APRENDIDA:

Solamente cohesionados y unidos dirigentes nacionales, regionales, Departamento legal, comunidad educativa y pueblo, podemos obtener grandes logros.

EL SABADO 01 DE SETIEMBRE 2018, A HORAS 9.00 AM, EN LA CIUDAD DE LIMA,  POR ACUERDO NACIONAL SE EFECTUARA EL EVENTO NACIONALJURÍDICO DE DIRIGENTES Y ABOGADOS DE TODAS LAS REGIONES. NO FALTAR.

Lima, 25 de Agosto de 2018




PEDRO CASTILLO TERRONES                             MARIA ATOCHE VILCA
   PRESIDENTE DEL  CNLBR                                    RESP. DPTO. LEGAL DE MAESTROS

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