La sentencia judicial obtenida por el c.c. Edgar Tello Montes (Secretario General SUTE 14) con el patrocinio legal del Centro de Investigación Pedagógica y Asesoría Laboral (CIPAL) demuestra la legitimidad de las demandas legales del magisterio peruano comprendido en la Ley 24029, Ley del Profesorado y obliga al MINEDU y, por cierto al Ministerio de Economía y Finanzas, a proveer de los recursos adicionales para hacer efectiva el calculo de la bonificación mensual del 30% por preparación de clases de acuerdo a la REMUNERACION TOTAL y su pago efectivo conforme a lo establecido en el art. 48 de la acotada ley.
Este importante logro sirve para convocar al magisterio a promover la lucha legal por las asignaciones económicas previstas en la Ley del Profesorado y deslindar con el CEN SUTEP (PATRIA ROJA) que ha emprendido una masiva campaña promoviendo una NUEVA LEY DEL PROFESOR para acentuar la división y la confusión entre el magisterio peruano, en un contexto en que la Convención Pedagógica Nacional del CONARE SUTEP ha resuelto iniciar la HUELGA NACIONAL INDEFINIDA para el próximo 06 de Junio del año en curso.
Este importante logro sirve para convocar al magisterio a promover la lucha legal por las asignaciones económicas previstas en la Ley del Profesorado y deslindar con el CEN SUTEP (PATRIA ROJA) que ha emprendido una masiva campaña promoviendo una NUEVA LEY DEL PROFESOR para acentuar la división y la confusión entre el magisterio peruano, en un contexto en que la Convención Pedagógica Nacional del CONARE SUTEP ha resuelto iniciar la HUELGA NACIONAL INDEFINIDA para el próximo 06 de Junio del año en curso.
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