"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

28/3/15

MODELO DE SOLICITUD PARA HACER RESPETAR EL CUMPLIMIENTO DE LA RM N° 571-94ED DE LOS TRES DÍAS DE PERMISO AL AÑO PARA DOCENTES, DIRECTIVOS Y AUXILIARES DE EDUCACIÓN

Modelo de solicitud de respeto o cumplimiento de los tres días de permiso al año conforme la vigente RM N° 571-94-ED que puede ser adaptado a su realidad educativa.
No caiga en el desánimo o so pretexto de que en la enjuiciada e inhumana LRM no está, por tanto, no le corresponde.
La autoridad debe responderle en un plazo máximo de 30 días hábiles o si no le contesta aplique silencio administrativo negativo y APELE a la siguiente instancia administrativa. Y si es necesario, agotado la vía administrativa, inicien un proceso contencioso administrativo y otras acciones judiciales.


“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”




SOLICITAMOS: Respeto al derecho irrenunciable de los 03 de
                                                                                  permiso con goce de remuneraciones para
                                                                            docentes en base a la RM N° 571-94-ED.

DIRECTOR(A)……………………………
PRESENTE.-

                                                                                                                      


          Nosotro(a)s, docentes de la ………………………………tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. para expresarle nuestro saludo y al mismo tiempo manifestarle  lo siguiente:

          1.- Mediante el Oficio Múltiple Nº 0078-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER de fecha 29 de agosto de 2013, el Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, amparándose en la Décima Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento del D.S. Nº 004-2013-ED, que a la letra dice “El MINEDU dictará las normas complementarias que sean necesarias para la aplicación del presente Reglamento” y complementariamente dispone que la Resolución Ministerial Nº 571-94-ED, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del MED, se encuentra en plena vigencia a la fecha causando estado.

          2.- Dicha Resolución en su Título V inciso 3 de las Disposiciones Complementarias, dispone que el servidor tiene derecho a tres (03) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales el mismo que debe ser concedido por el Jefe Inmediato Superior.



          3.- Ahora bien, el MINEDU mediante el Oficio N° 1323-2014 (26-02-2014) en respuesta a la consulta del Dirección Regional de Educación de Tacna sobre la procedencia de los tres (03) días de permisos particulares con goce de remuneraciones para el docente ubicado en las escalas de la Ley de Reforma Magisterial, reitera la aplicabilidad de la RM N° 571-94“…en aquello que no se oponga a la ley de la reforma magisterial”, añadiendo que en la ley de reforma magisterial y su reglamento no se contempla los permisos particulares y concluyendo que no está al alcance de los docentes ubicados en las escalas de la Ley de Reforma Magisterial, es decir los docentes de la Educación Básica y Educación Técnica Productiva.

          4.- Sin embargo hay que precisar que ni la Ley de Reforma Magisterial ni su reglamento establecen literalmente la prohibición del mencionado derecho y conforme al Art. 2 inc. 24 literal a) de la nuestra constitución política “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no la prohíbe”. Por tanto la vigente RM N° 571-94 al contemplar el derecho de los tres (03) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales no se contradice ni con la ley de reforma magisterial ni contra su reglamento, más aun cuando la vigente RM N° 571-94-ED es aplicable supletoriamente.

          5.- Así también lo han entendiendo distintos Gobiernos Regionales como de AREQUIPA, de LA LIBERTAD, de HUÁNUCO y de ICA, que mediante Oficios Múltiples N° 409-2013 (16-09-2013), N° 007-2013 (15-10-2013), N° 0363-2013 (28-10-2013) y N° 491-2013 (28-10-2013) respectivamente, han declarado la vigencia de los tres (03) días de permiso con goce de remuneraciones para el docente de Educación Básica y Educación Técnica Productiva.

          6.- Aunado a lo anterior, existen principios constitucionales y laborales como la IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS, el IN DUBIO PRO OPERARIO y la NORMA MÁS FAVORABLE que claramente determinan la vigencia de los tres (03) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales contemplado en la RM Nº 571-94-ED para los docentes de Educación Básica y Educación Técnica Productiva y que ningún oficio puede desconocer.



          7.- En este sentido, queda claro que nuestro derecho arrancado con duras jornadas de lucha y tratándose de derecho de primer orden que versa con goce de remuneraciones contemplado en nuestra Constitución Política, tiene carácter irrenunciables y de estricto cumplimiento por las autoridades del Sector.

                                      8.- Dejamos constancia que si el objeto de la vigencia de la RM Nº 571 es solo para efectos restrictivos, represivos y de persecución mediante el camuflaje de control de asistencia y permanencia del personal, probaría la real intención y estaría configurado como evidente ABUSO DE AUTORIDAD; lo que habilitara nuestro derecho a accionar en los fueros jurisdiccionales con el proceso constitucional correspondiente.

          9.- En este sentido, en base al principio de razonabilidad y de buena fe, invocamos a continuar respetando y cumpliendo con nuestro derecho irrenunciable de los tres (03) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales contemplado en la vigente RM N° 571-94-ED.

          Esperando la atención del caso, aprovechamos esta ocasión para desearle éxitos en su gestión en bien de nuestra institución educativa y renovarle las expresiones de nuestra mayor consideración.
                                                                                                

                                                                                                                   ………….., ….de marzo del 2015.

Atentamente,


Profesores de la I.E.
DNI
FIRMA

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SIGUEN LOS ABUSOS CONTRA LOS MAESTROS CONTRATADOS



SUTEP UCAYALI PARO DE 24 HORAS 25 DE MARZO 2015, EN CONTRA DE LA PRIVATIZACIÓN DE EDUCACIÓN PUBLICA Y DESPIDO MASIVO DE LOS MAESTROS DE SECTOR PUBLICO.

 EL MAGISTERIO UCAYALINO UNA VEZ MAS A DEMOSTRADO SU CONSECUENCIA Y LEALTAD A LA LUCHA DEL SUTEP, RECHAZANDO LA PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN VÍA LAS APP Y A LA DEFENSA DEL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE AMPARADO EN LA LEY 24029 LEY DEL PROFESORADO, EXIGIENDO LA DEROGATORIA Y/O NULIDAD DE LA 29944 LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL, RECHAZANDO EL NUEVO RÉGIMEN DE LA LEY DE SERVICIO CIVIL 30057 IMPUESTA A LOS AUXILIARES Y POR EL NOMBRAMIENTO AUTOMÁTICO DE LOS MAESTROS CONTRATADOS BAJO EL RÉGIMEN ESTABLE DE LA 24029.





Fuente: SUTEP REGIONAL UCAYALI

EXITOSA MOVILIZACIÓN DE MAESTROS DE LIMA, CALLAO Y PROVINCIAS DURANTE EL PARO DE 24 HORAS DE HOY 25 DE MARZO PREPARATORIO A LA HUELGA NACIONAL DEL 27 DE MAYO


EXITOSA PARALIZACIÓN Y MOVILIZACIÓN DE MAESTROS DE LIMA, CALLAO Y PROVINCIAS LLEGANDO DESDE TEMPRANAS HORAS DE HOY MIÉRCOLES 25 DE MARZO EN LAS PRE CONCENTRACIONES EN LOS DIFERENTES PUNTOS DE LIMA Y EL CALLAO CULMINANDO CON LA MOVILIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EN CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE LA CONVENCIÓN NACIONAL DEL 21 Y 22 DE FEBRERO COMO PARTE DE LA PREPARACIÓN DE LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA DEL 27 DE MAYO.

EN DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA GRATUITA Y RECHAZO A LA PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN CON EL PRETEXTO DE LA CONCESIÓN A LAS ASOCIACIONES PUBLICAS PRIVADAS APP.

DEFENSA DEL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029, POR LA DEROGATORIA BAJO CAUSAL DE NULIDAD DE LA LEY 29944 Y EXIGIMOS INMEDIATA REPOSICIÓN A LOS MAESTROS Y DIRECTORES DESPEDIDOS. NOMBRAMIENTO DE MAESTROS CONTRATADOS EN EL MARCO DE LA LEY 24029 ENTRE OTROS PUNTOS.






CONTUNDENTE Y EXITOSO PARO NACIONAL PROGRAMADO ESTE 25 DE MARZO EN LA REGION PUNO

COMPAÑERO LUCIO CCALLO CCALLATA PRESIDENTE DEL COMITÉ NACIONAL DE LUCHA ELEGIDO EN LA CONVENCIÓN NACIONAL DE BASES DEL SUTEP EN LA CIUDAD DE LIMA LOS DÍAS 21 Y 22 DE FEBRERO DEL 2015




 Fuente: SUTEP REGIONAL PUNO

AYACUCHO: CONTUNDENTE PARALIZACIÓN DE 24 HORAS DEL DÍA 25 DE MARZO EN LA REGIÓN AYACUCHO CAMINO A LA HUELGA NACIONAL DEL 27 DE MAYO

SUTE REGIONAL AYACUCHO
MOVILIZACIÓN EN EL PARO NACIONAL DE 24 HORAS, EL DÍA 25 DE MARZO DEL 2015, CON LA SIGUIENTE BANDERA DE LUCHA:

1. Defensa de la escuela pública y gratuita, contra la privatización de las instituciones educativas a través de las APP.
2. Defensa del Régimen laboral estable y los derechos conquistados bajo la Ley Nº 24029. Por la derogatoria de la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 y reposición en sus puestos de trabajo a los profesores interino y Directores y Sub-directores, despedidos ilegalmente.
3. Por el pago inmediato de la deuda social del 30% por preparación de clases y evaluación, bonificaciones por cumplir 20, 25 y 30 años de servicios, subsidio por luto y sepelio, refrigerio y movilidad, etc.
4. Aumento de sueldos para todo el magisterio en actividad y el incremento de pensiones para maestros cesantes y jubilados.
5. Nombramiento automático de maestros contratados de acuerdo a la Ley 24029.
6. Contra la persecución política y la criminalización de las luchas populares.



PESE A LA AMENAZAS DE LOS EX DIRIGENTES DEL CEN SUTEP PATRIA ROJA HOY FUNCIONARIOS EN LAS UGELS MAESTROS SALIERON A LAS CALLES 
Las amenazas del ex dirigente sindical hoy madamas director de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho textualmente amenaza: “Las UGEL’es de la región tienen la obligación funcional de efectuar los descuentos correspondientes por día no laborado a todos los docentes que acataron la paralización; así como, aperturar proceso administrativo por abandono injustificado de cargo”, señaló el funcionario.
“La mayoría de maestros demostraron el compromiso con la educación, su vocación y su alto espíritu de servicio al asistir con normalidad a su centro de trabajo”, finalizó Reyes Benites.
(“La Voz” de Ayacucho, Diario y Radio)




Fuente: SUTEP REGIONAL AYACUCHO

AREQUIPA: POBLADORES DE ISLAY EN PIE DE LUCHA CONTRA EL PROYECTO TÍA MARÍA PORQUE DESTRUIRÁ LAS TIERRAS AGRÍCOLAS DEL CAMPESINO.

Vuelven a la Huelga Indefinida a Islay, único método para vencer (como en Andahuaylas). Toda la solidaridad trabajadora. Y todo el ejemplo para la dirección de la CGTP, desertora de la lucha clasista.


MODELO DE DESISTIMIENTO PARA PROFESORES "NOMBRADOS INTERINOS" Y "NOMBRADOS TITULARES"

MODELO DE DESISTIMIENTO PARA PROFESORES "NOMBRADOS INTERINOS"


SOLICITO: DESISTIMIENTO A EVALUACIÓN PARA

PROFESORES NOMBRADOS INTERINOS

                                                                                          Ref.: R.S.G. Nº 2078-2014-MINEDU.


SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION
S.M.

                   …………………………………………………………………………………………, identificado(a) con DNI. Nº ……………………………., con domicilio real en …………………………………………………………………………………………………………., ante usted con respeto me presento y digo:

1.      Que, habiendo solicitado mi inscripción como postulante a la evaluación excepcional de profesores nombrados de manera interina, en el marco de lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria transitoria y final de la Ley de Reforma magisterial, en ejecución mediante la Resolución de Secretaria General Nº 2078-2014-MINEDU, y por convenir a mi interés y derecho, recurro a usted con la finalidad de solicitar mi DESISTIMIENTO TOTAL de la pretensión de postular a dicha evaluación, precisando que mi  desistimiento constituye la declaración de voluntad expresa y formal en virtud del cual en función de mis propios intereses pretendo retirar los efectos administrativos y jurídicos de los actos procesales que ocasionare la solicitud anterior.
2.      Asimismo, estoy planteando el desistimiento antes que mi pretensión haya producido sus efectos y no se ha notificado con la resolución final debidamente motivada.

FUNDAMENTO JURIDICO:
Efectúo mi pedido amparado en el Art. 189.1 y 190.1, 190.2 de la Ley de Procedimientos Administrativos General Ley Nº 27444 y al Art. 2º Inc. 20 de nuestra Constitución Política del Perú.

POR TANTO:

Solicito a su Autoridad acceder mi pedido, por corresponder a Ley.

Lima, 17 de Febrero  de 2015
  



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MODELO DE DESISTIMIENTO PARA PROFESORES "NOMBRADOS TITULARES"


SOLICITO: DESISTIMIENTO DE PRETENSIÓN
Ref.:-R.M. Nº 0631-2013-ED
-R.S.G. Nº 813-2014-MINEDU
 - R.M. Nº 298-2014-MINEDU


SEÑOR MINISTRO DE EDUCACIÓN
Jaime Saavedra Chanduví.

                   …………………………………………………………………………………………, identificado(a) con DNI Nº ……………………………., con domicilio real en …………………………………………………………………………………………….……, ante usted con respeto me presento y digo:

1.         Que, con fecha …………………………………… mediante las oficinas de Banco de la Nación, solicite mi inscripción como postulante al concurso público nacional  excepcional de Reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, convocado por los documentos de la referencia.

2.         Que, por convenir a mi intereses y ejerciendo mi derecho de defensa de mi Régimen laboral estable, derechos patrimoniales y otros contenidos en la Ley del Profesorado Ley Nº 24029; recurro a usted con la finalidad de solicitar mi DESISTIMIENTO TOTAL de la pretensión de postular al concurso excepcional de reubicación en escala magisterial, precisando que mi  desistimiento constituye la declaración de voluntad expresa y formal en virtud del cual en función de mis propios intereses pretendo retirar los efectos administrativos y jurídicos de los actos procesales que ocasionare la solicitud anterior.

3.         Asimismo, estoy planteando el desistimiento antes de que mi pretensión haya producido sus efectos y no se ha notificado con la resolución final debidamente motivada.

FUNDAMENTO JURIDICO:
Efectúo mi pedido amparado en el Art. 189.1 y 190.1, 190.2 de la Ley de Procedimientos Administrativos General Ley Nº 27444 y al Art. 2º Inc. 20 de nuestra Constitución Política del Perú.

POR TANTO:

Solicito a su Autoridad acceder mi pedido, por corresponder a Ley.


Callao, 22 de setiembre de 2014




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DNI N°…………………..

23/3/15

COMITE NACIONAL DE LUCHA: PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL PARO NACIONAL DEL 25 DE MARZO EN DEFENSA DE LA ESCUELA PÚBLICA Y CONTRA LOS DESPIDOS MASIVOS

COMITÉ NACIONAL DE LUCHA
¡25 DE MARZO, PARO NACIONAL DE 24 HORAS DEL SUTEP!
¡POR LA DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA Y CONTRA LOS DESPIDOS MASIVOS!

PRONUNCIAMIENTO:

El COMITÉ NACIONAL DE LUCHA, conformada en la CONVENCION NACIONAL del 21 y 22 DE FEBREROrealizada en la Ciudad de Lima, comunica a la opinión Pública Nacional, al Pueblo en general y al Magisterio en particular lo siguiente:
1.- Ante la grave crisis estructural de la educación en todos sus niveles producto de décadas de abandono por parte de todos los gobiernos sin excepción, a quienes nunca les ha interesado la Educación pública para el pueblo, pues como hoy, basta para ellos con formar mano de obra calificada y barata que sirva a los planes de una economía primario exportadora como la que desenvuelve el Estado peruano, dentro y para el servicio neoliberal y de globalización imperialista.
2.- Ante los embates de la grave crisis económica mundial iniciada el 2008 y que aún enfrenta el sistema capitalismo, el cual también ha golpeado y se refleja en el momento crítico en que ha entrado la economía peruana luego de casi 25 años de aplicación neoliberal, con una sostenida caída en estos últimos 5 años del tan celebrado crecimiento económico, la reacción peruana y los neoliberales, encabezados por este gobierno de derecha de Humala, pretenden cargar en los hombros del pueblo y las masas trabajadoras el fracaso de esa política económica hambreadora, y como parte de una nueva ofensiva por despojar y arrasar con lo último de derechos que mantiene todavía el pueblo y los trabajadores en general, han decretado en forma arbitraria e inconstitucional un conjunto de medidas antilaborales y antipopulares, como la Ley 29944 de Reforma Magisterial, que vulnera diversas conquistas y derechos, pero que fundamentalmente apunta contra la estabilidad laboral, pues el meollo de esta nefasta ley es el despido masivo de maestros en todo el país.
3.- Además, el gobierno de derecha de Ollanta Humala, en su desesperación de cómo paliar la crisis y ofrecer mayor ganancia a los leones capitalistas que le exigen mayores exoneraciones, ya sean estas tributarias, legales o medioambientales, las cuales se suman a las de flexibilización laboral que les ha permitido despellejar a la clase  y el pueblo, hoy le pone en bandeja una nueva forma de enriquecerse más a costa del pueblo: las Asociaciones Públicos-Privadas, concesiones que no son más una nueva forma de privatización de la educación en el Perú; “novísimos” modelos ya fracasados en otros países de la región,y que atentan así contra el derecho del pueblo a una Educación Pública, y gratuita y de calidad.
Ante estos graves problemas de la educación además de otros, por acuerdo de las bases y su verdaderos dirigentes representantes en la mencionada CONVENCION NACIONAL, el COMITÉ NACIONAL DE LUCHA establecida para este periodo de lucha, llama a todo el magisterio del país a ACATAR el PARO NACIONAL DE 24 HORAS el día  25 DE MARZO, y desenvolver esta jornada de lucha como acción preparatoria de la HUELGA NACIONAL INDEFINIDA sancionada para el día 27 de Mayo del 2015. La plataforma única que nos convoca y guía es la siguiente:
1.- Defensa de la Escuela pública y gratuita, contra la privatización de las Instituciones Educativas a través de las APP.
2.- Defensa del régimen laboral estable y los derechos conquistados bajo la Ley N° 24029. Por la derogatoria de la Ley de Reforma Magisterial N°29944 y reposición a los maestros despedidos. 
3.- Por el pago inmediato de la deuda de bonificaciones por cumplir 20, 25 y 30 años de servicios, subsidios por luto y sepelio, 30% por bonificación de preparación de clases, refrigerio y movilidad, etc.
4.- Aumento de sueldos para todo el magisterio en actividad y el incremento de pensiones para maestros cesantes y jubilados.
5.- Nombramiento automático de maestros contratados de acuerdo a la Ley Nº24029.
6.- Contra la persecución política y la criminalización de las luchas populares. 

Llamamos al magisterio nacional a sumarse a esta justa medida de lucha, combatiendo la política reaccionaria, antilaboral y antipopular del gobierno de Humala; rechazando las posiciones obsecuentes y capituladoras  del CEN, puñado de burócratas con mentalidad capitalista que se creen “dueños” y “propietarios” del magisterio; así como también a estar alertas contra toda idea o posición corrosiva que atente contra la unidad y busque socavar la lucha. Este es un frente de lucha con diversas posiciones, pero con un solo objetivo: la defensa de los derechos de todo el magisterio nacional.

¡VIVA EL PARO NACIONAL DE 24 HORAS ESTE 25 DE MARZO!
¡POR LA DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA, GRATUITA Y PARA EL PUEBLO!
¡CONTRA LA PRIVATIZACION DE LA EDUCACIÓN, ABAJO LAS APP PRIVATISTAS!
¡POR LA DEROGATORIA DE LA LRM N° 29944,LEY DE DESPIDO MASIVO!
¡POR LA DEFENSA DEL DERECHO AL TRABAJO Y EL RESPETO A LA ESTABILIDAD LABORAL!
¡POR LA UNIDAD DEL MAGISTERIO, CONTRA EL HEGEMONISMO Y CAPITULACION DEL CEN!
¡PREPARAR E IMPULSAR LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA DEL 2015!

Atte.
Comité Nacional de Lucha del SUTE

Lima, de marzo del 2015

25 DE MARZO PARO NACIONAL PRE CONCENTRACIÓN EX MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES A LAS 8.00 AM


TODA COINCIDENCIA CON LA VIDA ACTUAL ES CASUALIDAD?


LA PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA. ¿OTRA VEZ AUSENTE EN LA AGENDA PÚBLICA?

DR. JUAN CONTRERAS T.

A partir de la Carta Fundamental de 1993 y en el contexto del intenso proceso de globalización neoliberal se ha instalado en el Perú una nueva organización político-estatal que destaca la primacía del mercado y el poder incontrolable del capital transnacional sobre la economía peruana. Refiriéndose a este tema Oscar Ugarteche sostiene que en el Perú subsiste una arquitectura económica diseñada por el Banco Mundial y el FMI dentro de un marco de democracia vigilada, seguida de un golpe de Estado. (Ref: “Adiós Estado, Bienvenido Mercado”, Fondo Edit. San Marcos, Lima, 2004, pg. 6).
La diferencia, acota Ugarteche, es que los países económica y políticamente fuertes que imponen estas medidas a través de los organismos financieros tienen un Estado vigoroso con una participación significativa en la economía, sin los cuales no sería posible la estabilidad política y el éxito económico de sus países. Ellos cierran sus economías, imponen tasas arancelarias altísimas; pero exigen a los países del Sur la apertura total de sus mercados, a cambio de la extorsión crediticia, mientras destruyen la industria nativa. Lo grave es que nuestras èlites gobernantes aceptan de buena gana esas reglas que aquellos países no aplican en sus predios. Doble discurso del los estrategas del capitalismo neoliberal.
Pero, ese no es la principal característica de nuestro sistema político.
Adicionalmente, las elites gobernantes se han cuidado de colocar grandes candados a la Carta Fundamental para imposibilitar cualquier reforma constitucional destinada a modificar un solo ápice el modelo económico neoliberal consagrado en el Régimen Económico (Título III) quedando protegidos los intereses de los poderosos grupos empresariales vinculados en grandes negocios con el Estado peruano. La derogatoria de la Ley Pulpin fue resuelta en el contexto de las atribuciones del Congreso de la República (art. 102), pero ese es otro tema.

Los legisladores de la Carta de 1993, conscientes de la reacción que el modelo neoliberal fuera a provocar sobre el interés nacional y los sectores directamente afectados, tuvieron la interesada agilidad para establecer en el art. 206 (De la Reforma de la Constitución) una clàusula que obligaba a obtener dos legislaturas ordinarias sucesivas con el voto favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del nùmero legal de congresistas. En los hechos un imposible político y jurídico por la presencia en el Congreso de representantes directamente vinculados a grupos empresariales dedicados al negocio de la educación, a saber, los grupos Acuña, Interbank, entre otros. Incluso el autodenominado Partido Comunista del Perú (Patria Roja), administrador de los recursos previsionales de la Derrama Magisterial, dirige una universidad pedagógica privada en Lima.

La privatización de la educación en el Perú es un tema que no ha provocado la debida atención de los partidos políticos, los sindicatos y la ciudadanía en general. Países como Chile y Colombia vienen procesando serias reformas en este terreno debido a la presión social, lo cual confirma la eficacia del derecho a la protesta social. Desde el 2011 masivas manifestaciones estudiantiles en Chile han obligado a la Pdte. Bachelet a colocar este tema en la agenda pública, actualmente el Congreso chileno discute urgentes reformas en este sector y todo apunta, por lo menos a nivel del debate, un severo cuestionamiento al modelo pro mercado en la educación chilena.
¿Qué ocurre en el Perú donde no existe un escenario de igual envergadura, capaz de poner acento en un tema fundamental vinculado al derecho a la educación de nuestra población?

Tan venida a menos la educación pública (básica y superior) por la ausencia de un Estado realmente promotor y tras consolidarse desde el 2012 la prevalencia de la inversión privada en este sector, el tema de la privatización de la educación ha sido totalmente relegado a la marginalidad pública, no tiene lugar en el debate político. Nadie ha puesto atención al carácter marcadamente mercantilista del art. 15 de la Carta Fundamental, como de la ley de desarrollo, el Dec. Leg. 882, promulgado durante el régimen fujimorista. Ambos referentes jurídicos son ajenos a los conceptos de educación inclusiva, democrática y social, inspirados en las disposiciones contenidos en el Protocolo Adicional de San Salvador ratificado por el Estado peruano.

Sin duda, a los gobernantes no les interesa que los efectos de este proceso venga acentuando la desigualdad educativa y social, sobre todo en el ámbito rural; tampoco que la escuela pública haya perdido relevancia social y que finalmente la educación privada hoy capte el mayor número de estudiantes de los niveles básico y superior en el país. Una reciente encuesta ha revelado que los peruanos prefieren matricular a sus hijos en los colegios privados. Esto revela que la educación pública peruana en cualquiera de sus niveles de enseñanza, no es ya un referente para la sociedad y el Estado ha desaparecido como el actor principal en este sector, salvo para colocar en remate la infraestructura escolar -vía las APP- y la promoción de un régimen laboral (LRM) lesivo a los derechos de los trabajadores de la educación.

Aquí algunos datos que nos ayudan a apreciar la magnitud del problema que emerge del proceso de privatización en nuestro país. En el 2011 la inversión privada en educación ascendió a S/.14,057 millones de nuevos soles, equivalente al 2.8% del PBI.(68). En el mismo año el presupuesto público de educación ejecutado alcanzó una cifra casi similar a S/. 14,551 millones de nuevos soles, equivalente al 3% del PBI. Estas cifras, sin duda, confirman el norte decididamente privatizador de la educación en el Perú.

Las investigaciones publicadas por INIDEN de fines del 2012 revelaron que hacia fines de los 90 el 85% de la matricula del sistema educativo era atendida por el sector público y el 15% por el sector privado. La cobertura educativa del sector privado alcanzo una marcada evolución en el periodo 2000 al 2011 llegando a captar a 1.097.000 estudiantes logrando desplazar al sector público que solo alcanzó 1.057.000 estudiantes.
De otro lado, la expansión de la clase media ha producido un sostenido trasvase del alumnado de los colegios públicos hacia el sector privado. En el 2012, los colegios privados captaron en Arequipa el 50.1% de matriculas. Lima tiene el 49% de alumnos matriculados en colegios privados, Trujillo el 44.1%, Callao el 39.7%, Chiclayo el 38.6% e Ica el 30.7%, respectivamente. Sin duda, un marcado debilitamiento de la escuela pública frente al inversor privado, lo cual confirma que la escuela pública pobre y abandonada está reservada para los sectores más pobres del país.
Los resultados del PISA 2012 organizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que ubican al Perú en el último lugar en matemáticas, lectura y ciencias de un universo de 66 países han puesto en cuestión el tema de la calidad educativa y demandan un papel más activo del Estado destinada a maximizar sus logros en los sectores más desfavorecidos con la finalidad de reducir la creciente fragmentación del sistema educativo. La ligera mejoría en las evaluaciones PISA correspondiente al 2014 no representa una ostensible mejora de la calidad educativa. El informe 2014 de UNICEF sobre el particular nos ha vuelto otra vez a la realidad.
La proximidad de la huelga nacional del magisterio peruano debe tener el efecto de colocar la privatización de la educación en la agenda pública, enfatizando el carácter político de este problema. La educación pública, gratuita y de calidad es un derecho fundamental de toda sociedad democrática, a la vez, que herramienta clave para el desarrollo de cualquier Estado. Al magisterio peruano, a los partidos políticos, sindicatos, a la intelectualidad peruana, a la sociedad en general le corresponde demostrar que esto no es solo parte del discurso político, sino un tema de impostergable atención.


17/3/15

25 DE MARZO PARO NACIONAL EN DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA, EN DEFENSA DEL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029, POR NOMBRAMIENTO DE MAESTROS CONTRATADOS Y RECHAZO A LOS DESPIDOS MASIVOS E INMEDIATA REPOSICIÓN//PRE CONCENTRACIÓN: 8.00 AM EX MUNICIPALIDAD DE SJM CONCENTRACIÓN: 10.00 AM AV. JAVIER PRADO Y AV. AVIACIÓN



PRESUNTO FRAUDE EN EVALUACIONES DE REUBICACIÓN DOCENTE Y DIRECTIVOS AL NEGAR LA SRA. BACHILLER GIULIANA ESPINOSA LA ENTREGA DE LOS CUADERNILLOS DE EVALUACIONES DOCENTE Y DIRECTIVO

CONDENAMOS LA VULNERACION DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CONTENIDA EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ ART. 2 INC. 5 POR PARTE DEL MINEDU (DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DOCENTE) QUE ANTE EL PEDIDO DE LOS CUADERNILLOS DEL I EXAMEN DE REUBICACIÓN DEL 28 DE SETIEMBRE ARGUMENTAN QUE NO NOS PUEDEN OTORGAR POR "SEGURIDAD" ARGUMENTOS NO CONTEMPLADOS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA. ACASO NO SE SE HAN ENTERADO QUE DICHO EXAMEN SE VENDE POR DIVERSAS CIUDADES DEL PERÚ? ¿DE QUE SEGURIDAD HABLAN ENTONCES?


FUENTE: SUTE LIMA

MINEDU ELIMINA LAS DÉCIMAS PROPORCIONALES DE LOS MAESTROS CONTRATADOS QUE TRABAJARAN DURANTE El AÑO 2015


EL GOBIERNO DE OLLANTA HUMALA ASÍ RECONOCE LA LABOR DE LOS DOCENTES


NUESTROS DERECHO Y EL DE TODOS LOS COLEGAS SIN DISTINCIÓN! PREPAREMOS CON FIRMEZA LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA DEL 27 DE MAYO!

¡DEBEMOS REFLEXIONAR Y REACCIONAR! DEFENDAMOS