26/9/17
MODELO DE FORMATO PARA COMUNICAR LA DECISION DE NO PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO DOCENTE PROGRAMADAS POR EL MINEDU
SUMILLA: COMUNICA DECISIÓN DE NO PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE PROGRAMADAS POR EL MED.
SENOR DIRECTOR DE LA II. EE.
XXXXXXXXX, identificado con DNI. xxxxxxxxxxx, con domicilio legal en xxxxxxxxx, docente de la II. EE. xxxxxxx, a Usted respetuosamente digo:
Es grato dirigirnos a Usted para saludarlo y hacer de su conocimiento que en defensa de nuestro derecho al trabajo y demás derechos reconocidos en la Carta Fundamental (art. 23 y ss.), manifestamos ante su Despacho nuestra decisión de NO PARTICIPACION en las actividades (capacitaciones, etc.) organizadas por el Ministerio de Educación (MED) en el marco de la Evaluación del Desempeño Docente, los que incluyen el proceso de evaluación docente dirigido a los docentes de educación inicial programado a partir del 20 de setiembre del presente año.
En consecuencia, sírvase tener presente lo expuesto y derivar el presente documento a la UGEL 01 para los fines pertinentes. Fundamentamos nuestra decisión en los fundamentos jurídicos que señalamos a continuación:
FUNDAMENTOS JURIDICOS DE PARTE:
PRIMERO: En principio, la Carta Fundamental reconoce al trabajo como un deber, al mismo tiempo como un derecho de contenido social (art. 22). El trabajo es la base del bienestar general y subsume en su contenido a otros derechos fundamentales como el derecho a la remuneración, a los alimentos, etc. que realizan la existencia humana.
Bajo esa premisa el trabajo no puede ser expuesto a circunstancias fácticas –entre ellos el despido arbitrario e ilegal, las evaluaciones punitivas, etc.- que tiendan a disminuir su valoración social; por el contrario, como lo ha establecido la uniforme jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano “… el Estado debe proteger tanto al trabajador dependiente como a la persona que realiza actividades económicas por cuenta propia (Exp. 3330-2004-AA/TC).
SEGUNDO: Que, la evaluación del desempeño docente prevista en el art. xxx de la Ley de Reforma Magisterial, concordante con los arts. Xxx del D. S. Nro. xxxx, constituyen circunstancias fácticas que ponen en serio riesgo la vitalidad del derecho al trabajo de los servidores públicos del sector educación; configurando una situación de disparidad del Estado empleador sobre el profesorado, en su directo perjuicio.
Sobre este extremo el Tribunal Constitucional (Exp. 1124-2001-AA/TC) ha precisado que “las atribuciones o facultades que la ley reconoce al empleador no pueden vaciar de contenido los derechos del trabajador, dicho de otro modo, no pueden devenir en una forma de ejercicio irrazonable. Es por eso que la Constitución precisa que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales ni desconocer o disminuir la dignidad del trabajador (art. 23 C.P.)”.
TERCERO: Que, los tratados internacionales sobre derechos humanos como el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, como el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ambos instrumentos ratificados por el Estado peruano y por consiguiente conformantes de nuestro ordenamiento, consagran en los arts. 2.2 el Principio de Progresividad de los derechos humanos fundamentales por la cual “Cada Estado Parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones del presente Pacto, las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas (…) para hacer efectivos los derechos reconocidos en el presente Pacto…”
En concreto, esta clausula internacional prohíbe a los Estados a legislar en sentido opuesto al Principio de Progresividad; es decir, para favorecer situaciones jurídicas laborales que recorten, limiten o prohíban la plenitud de los derechos humanos fundamentales, entre ellos el derecho al trabajo y al bienestar general, conforme se advierte de las disposiciones de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 relativas a la evaluación del desempeño docente.
CUARTO: Que, finalmente, los derechos constitucionales de las personas en general y de modo particular de los servidores públicos, no pueden ser interpretados “para emprender actividades o realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos o libertades reconocidos en el Pacto…”(art. 5).
Cualquier controversia en que se contienda sobre los derechos constitucionales de los servidores púbicos será interpretado “de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú” (IV Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política).
Sírvase tener presente los fundamentos del presente documento disponer conforme se pide.
Atte.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
DNI XXXXXXXXXXXXXX
REPRESALIA DEL MINEDU CONTRA EL c.c. EDGAR TELLO MONTES SECRETARIO GENERAL DEL SUTE LIMA METROPOLITANA
En el Perú se reprime y sanciona a los luchadores sociales, a quienes denuncian el abandono de la Educación Pública, a los que se oponen a la privatización de la educación pública, despidos de maestros y al permanente atropello de los derechos laborales del magisterio peruano. Al c.c. EDGAR TELLO MONTES, Secretario General del SUTE LIMA METROPOLITANA no sólo se le ha descontado en sus haberes correspondientes al mes de Agosto; la UGEL 01 de Lima recientemente le ha instaurado proceso administrativo disciplinario por abandono laboral. Quienes creen que esto quebrará a nuestros dirigentes están absolutamente equivocados. La lucha continúa.
Demandamos al nuevo Ministro ha cerrar el capítulo de desaciertos e incompetencia de la ex ministra Marilú Martens Cortes y entablar el TRATO DIRECTO con el Comité Nacional de los Bases REGIONALES que preside el c.c. PEDRO CASTILLLO TERRONES para resolver los temas relacionados con la recuperación de clases, los descuentos y procesos disciplinarios, etc. y asegurar la recuperación de clases en todo el país.
Fuente: SUTE LIMA PERU
11/9/17
MODELO DE FORMATO PARA NO PARTICIPAR EN ACTIVIDADES VINCULADAS A LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE CON APLICACIÓN DE RUBRICAS PROGRAMADA POR EL MINEDU
SUMILLA: A CONOCIMIENTO
DEL DESPACHO DECLARACION DE
VOLUNTAD DEL RECURRENTE PARA NO
PARTICIPAR EN
ACTIVIDADES VINCULADOS A
LA EVALUACION DEL DESEMPEÑO
DOCENTE PROGRAMADAS POR EL MINEDU.
SEÑOR DIRECTOR DE LA II. EE. …………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………, IDENTIFICADO CON DNI. …………………, CON
DOMICILIO LEGAL EN Jr. Carabaya 940 oficina 408 Cercado de Lima, DOCENTE
DE LA II. EE. ………………………………………., DEL DISTRITO DE……………………………………………………….., A
USTED DIGO:
Que, por el presente documento acudo a su Despacho a
fin de poner a conocimiento mi (renuncia, desistimiento o no
participación, según sea el caso) a participar en las actividades
relacionada con la implementación de la evaluación del desempeño docente (capacitaciones,
evaluaciones, fichas de rúbricas, etc.) Que viene ejecutando la UGEL 01,
por disposición del Ministerio de Educación para el presente año.
La reciente Huelga Nacional ha puesto en cuestión los aspectos técnicos
y pedagógicos de la evaluación docente prevista en la ley de reforma
magisterial nro. 29944, llegándose a concluir que tras la referida evaluación
se han elaborado mecanismos destinados a ocasionar perjuicio al docente
en su derecho fundamental al trabajo, propiciando su destitución de la función
docente, con efectos irreparables sobre nuestra condición económica,
social y profesional.
Es oportuno, además, precisar que nuestra organización sindical
viene proponiendo ante las autoridades del MINEDU una propuesta alternativa
respecto de la evaluación docente, bajo otros parámetros que
fortalecen su carácter formativo y pedagógico en aras de contribuir al
mejoramiento de la calidad educativa, desde el propio magisterio peruano.
Sírvase recepcionar señor Director el presente documento y
oportunamente derivar el mismo a la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL 01 para
los fines pertinentes.
LIMA, ……SETIEMBRE DEL 2017.
...................................................
NOMBRE
DNI.
10/9/17
MODELO DE FORMATO DE RENUNCIA AL CEN SUTEP PARA LO CUAL LOS MAESTROS DEBERÁN PRESENTARLO A TRAVÉS DE UNA NOTARIA. EL FORMATO PUEDE SER PRESENTADO EN FORMA INDIVIDUAL O GRUPAL.
MODELO DE FORMATO DE RENUNCIA AL CEN SUTEP PARA LO CUAL LOS MAESTROS DEBERÁN PRESENTARLO A TRAVÉS DE UNA NOTARIA.
EL FORMATO PUEDE SER PRESENTADO EN FORMA INDIVIDUAL O GRUPAL.
Lima, de Setiembre de 2017
Señor:
ALFREDO VELASQUEZ ACOSTA
Secretario General del CEN del SUTEP
Secretario General del CEN del SUTEP
Jr. Camaná N° 550-Lima Cercado
Asunto: Renuncia como miembro del sindicato.
De mi mayor consideración:
XXXXXXXXXXXXX, identificado con DNI. Xxxxxxxxxxxxxxx, docente de la II. EE. Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de la jurisdiccion de la UGEL N° ........., con domicilio legal en Jr. Carabaya 940 oficina 408 Cercado de Lima, a Usted respetuosamente digo:
Que, es mi deseo comunicarle mi renuncia irrevocable como miembro del sindicato al que Ud. representa, ello conforme a mi derecho sindical a la libre afiliación y desafiliación, según lo indicado en artículo 3° del T.U.O de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el D.S. Nº 010-2003-TR.
Desde ya hago presente que la presente renuncia surte efecto sin necesidad de aceptación desde el momento de su presentación conforme lo establece el art. 25° del D.S. Nº 010-2003-TR, debiéndose inaplicar descuento o aporte mensual de mis haberes mensuales, los cuales NO AUTORIZO a partir de la recepción del presente documento.
Adjunto una copia de la presente renuncia, para que sea remitida al Director Regional de Educación de la Región………………………., en el plazo de los cinco días hábiles de formulada la presente renuncia, según lo estipula el art. 25° del D.S. Nº 010-2003-TR.
Sin otro particular quedo de Ud.,
Atentamente,
Prof.
DNI Nº
DNI Nº
Nota: si lo presenta de manera grupal tendra que agregar los datos de cada maestro que forma parte del grupo y en la firma de igual manera.
MODELO DE ACTA DE CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL SUTE BASE LUEGO CENTRALIZAR AL SUTE LIMA INFORMES: 993987860// 997299686// 995418118
A los seis días del mes de setiembre del dosmildiecisiete, reunidos en el auditórium de nuestra institución educativa, los maestros del plantel, fueron autoconvocados a fin de desarrollar una asamblea constitutiva y eleccionaria de los representantes sindicales de nuestra base. Contando con la presencia de 25 docentes según la lista de asistencia.
Se eligió como Director de debates del presente evento al Docente Edgard Tello, designado por aclamación para que conduzca la presente asamblea. El que a su vez designo a la colega Carmen Mitma como redactora de la presente acta. Siendo las 6:45pm se dio inicio a la asamblea: Tomado la palabra el Director de debates, agradeció la designación, la presencia y el interés de los docentes presentes. Seguidamente resaltó la importancia de contar con un comité directivo representativo de base para conjugar esfuerzos con la representación Sectorial y Nacional que están en proceso de reorganización. Se puso en consulta de los presentes sobre esta necesidad, desarrollándose 5participaciones:
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Luego de un amplio debate se acordó ejecutar el proceso eleccionario para determinar el comité directivo del Sute Base para el periodo 2017-2018. Asimismo se puso en consulta sobre el mecanismo a desarrollar para las elecciones indicadas anteriormente: ante dos propuestas: 1.-Voto por cedula; 2.- Voto a Mano Alzada. Luego de una votación respetuosa de 15 contra 5 y 5 abstenciones se estableció ejecutar el voto directo a mano alzada como mecanismo eleccionario.
Seguidamente se invitó a los presentes a presentar sus propuestas de candidatos, indicando que los cargos serán: Sec. General; Sec. Organización; Sec. Actas y Archivos; Sec. Economía; Sec. Prensa y Propaganda; Sec. Defensa. (etc.). Se indicó que los cargos se cubrirán en el orden indicado según la mayoría de votos que alcance cada candidato en la votación a mano alzada. Se procedió a recabar propuestas obteniéndose 10 candidatos, luego de proceder a la votación a mano alzada se obtuvo los siguientes resultados:
Nº
|
Cargo
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Candidato
|
Votos
|
1
|
Sec. General
|
Pedro Castillo Terrones
|
8
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2
|
Sec. Organización
|
Edgard Tello Montes
|
7
|
3
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Sec. Actas y Archivos
|
Alejandro Gamboa Zevallos
|
4
|
4
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Sec. Economía
|
Julia Valdivieso Cornejo
|
3
|
5
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Sec. Prensa y Propaganda
|
Abel Valentino Valentino
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2
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6
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Sec. Defensa
|
Isaac Huayra Paytan
|
1
|
Seguidamente se procedió a la juramentación de los cargos el cual se desarrolló en algarabía y entusiasmo de los presentes, quedando así y reconocidos y proclamados como Dirigentes elegidos del sute base. Seguidamente los dirigentes tomando la palabra agradecieron la designación y procedieron a expresar su sincero compromiso de cumplimiento a cabalidad en el cargo. Los asambleístas recibieron con gran ovación y aplausos a sus nuevos representantes.
Se dio por culminada la presente convocatoria a las 8:20pm. Invitándose a los presentes a suscribir la presente acta con su nombre, firma y DNI respectivo.
Nº
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Docente
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DNI
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Firma
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1
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2
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3
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4
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5
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6
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7
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8
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9
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10
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11
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MODELO DE FORMATO PARA SEÑALAR CAUSA JUSTIFICADA CONTRA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
SUMILLA: SEÑALO CAUSA JUSTIFICADA CONTRA
EVALUACION DE DESEMPEÑO COMPULSIVO.
REF: EXPEDIENTE Nº………………………………………..
SEÑOR(A)
DIRECTOR(A) DE LA........................................................................................................................
PRESENTE.
……………………………………………………………………………………………………….….……… identificado(a) con D.N.I. N° ………...…..…. trabajador(a) docente, con nombramiento obtenido bajo el Régimen laboral estable de la Ley N° 24029 “Ley de del Profesorado”, señalando domicilio real en…………………………………………………………………………, Distrito…………….……… Provincia……………………………….; ante Ud. con respecto digo:
Que, ejerciendo la defensa sobre mis derechos patrimoniales y de propiedad comprendidos en la Ley del Profesorado Ley Nº 24029, he interpuesto un requerimiento administrativo / proceso contencioso administrativo en el órgano Jurisdiccional, con el Expediente Nº ……………………………………….., su fecha …………………………………., por pago inmediato de mi liquidación de todos mis beneficios y derechos patrimoniales que me corresponden sobre mi régimen laboral anterior con la Ley Nº 24029, como el pago de bonificación por preparación de clases sobre el 30% de la asignación total, pago por asignación por refrigerio y movilidad de S/. 5.00 diarios, pago por haber cumplido 20 años de servicios de labor docente, vacaciones truncas, CTS, pago por degradación de…… nivel Escalafonario a………………………. escala.
Que, en mi requerimiento ante la Autoridad correspondiente, solicito y fundamento que dicho pago de liquidación se me deberá otorgar desde el día de la vigencia de mis beneficios ordenados por la Ley Nº 24029 y su Reglamento hasta el día 25 de Noviembre del 2012, fecha en que me cambiaron unilateral y perjudicialmente mi régimen laboral, señalando que el no pago oportuno de mis derechos constituyen actos de hostilidad equiparables a despido, con el objetivo de no pagarme mis derechos patrimoniales y de propiedad, los mismos que están amparados por la Constitución y normas supranacionales vigentes.
Que, sin embargo, habiendo vencido todos los plazos razonables para el pago de mi liquidación (mas de 20 años) y lejos de ordenar su pago inmediato, los funcionarios del MINEDU, implementando compulsivamente la Ley Nº 29944 mediante la Resolución de Secretaria General Nº 078-2017-MINEDU su fecha 28 de marzo del 2017 y normas conexas, bajo el ardid (engaño) de evaluaciones respecto a 06 desempeños docentes en el lapso de 60 minutos, pretende implementar MI DESPIDO LABORAL iniciándose por su fase de actos preparatorios, sin pagarme mis derechos patrimoniales; es decir, se trama una confiscación y despido laboral.
Que, al respecto, preciso que en tanto no me paguen íntegramente la liquidación de mis derechos patrimoniales que por la Ley Nº 24029 me corresponde, me encuentro dentro de la esfera jurídica de mi régimen laboral anterior de dicha Ley y tengo causa justificada para no presentarme a la evaluación de desempeño y menos aún de merecer sanción alguna por no aceptar una evaluación, lo que pongo de su conocimiento para los fines del caso, por cuanto mi despido es de plano DESPIDO NULO.
Que, asimismo, no cancelarme previo al paso al nuevo régimen laboral, afectan mis derechos laborales patrimoniales y viola la “Convención Americana de Derechos Humanos” sobre el derecho a la propiedad privada, al uso y goce de sus bienes libremente, tratado internacional que está suscrito y ratificado por el Estado peruano, y por el cual se encuentra obligado a su debido cumplimiento en virtud de la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Estado; asimismo viola la Constitución Política del Estado, que prevé como una norma fundamental que nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución y el pago de la remuneración, de los beneficios sociales, es de prioridad obligación del empleador.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Realizo el presente pedido, en amparo a lo dispuesto artículo 21 de la “Convención Americana de Derechos Humanos” que versa sobre el derecho a la propiedad privada, al uso y goce de sus bienes libremente, en el Art. 23 de la Constitución Política del Estado, que prevé como una norma fundamental que nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución y el pago de la remuneración, de los beneficios sociales, asimismo en amparo en el Artículo 2 inciso 20) de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art.106.1 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.
ANEXOS.
A. Copia de mi DNI.
B. Copia de Exp. Nº ……………………………. por requerimiento administrativo o judicial
POR TANTO:
Solicito tener en cuenta mi pedido, por corresponder a Ley.
Lima, 09 de mayo del año 2017
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