"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

10/8/14

GOBIERNO APRISTA OFRECIÓ 125 MIL PLAZAS DE LA LEY 29062 CPM Y LOS MAESTROS RECHAZARON POR NO ESTAR FINANCIADA, SIN PRESUPUESTO Y ELIMINABA LA ESTABILIDAD LABORAL CON SUS DERECHOS Y OLLANTA HUMALA OFRECE SOLO 50 MIL VACANTES PARA QUE LOS MAESTROS LEGALICEN SUS DESPIDOS Y RENUNCIEN A SUS PLAZAS LOS MAESTROS SABRÁN DEFENDERSE Y DAR RESPUESTA ANTE LA AGRESIÓN

Ahora son 50 mil vacantes para los maestros de la Ley del Profesorado en el concurso de ascensos de escala. Rechazaron las 125, 000 vacantes de los concursos de incorporación a la ley 29062 CPM que ofertaba el gobierno de Alan García del 2009 al 2011 pero hoy están esperanzados en alcanzar una de las escasísimas vacantes de esta Ley de la Reforma.

ATENCIÓN MAESTROS!!!! 160,000 DOCENTES DE LA EX LEY DEL PROFESORADO NO PODRÁN REUBICARSE EN MEJOR ESCALA PORQUE EL MINEDU SOLAMENTE HA OFERTADO 40 MIL METAS. LOS DOCENTES SOMOS 200,000.

ORGANÍZATE, LUCHA, DEFIENDE TUS DERECHOS.Aumentan 10 mil vacantes más para el concurso de ascensos de escala.


Los datos anteriores corresponden a  los concursos  de incorporación a la Ley 29062 Carrera Pública Magisterial desde el año 2009 hasta el 2011. 
En el año 2012 esta ley fue derogada por la  Ley N° 29944 Reforma Magisterial que hoy sólo ofrece a los maestros de la ex Ley del Profesorado 50 mil vacantes para el concurso excepcional de reubicación. 


Modifican Anexo 2 de la R.M. N° 298-2014-MINEDU que contiene metas por escala y grupo de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2014-MINEDU

Lima, 7 de agosto de 2014

CONSIDERANDO:

Que, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que los profesores nombrados, pertenecientes al régimen de la Ley N° 24029, comprendidos en los niveles magisteriales I y II, son ubicados en la primera escala magisterial, los del III nivel magisterial en la segunda escala magisterial, y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la tercera escala magisterial a que se refiere la citada Ley; siendo que para facilitar su acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0631-2013-ED, se convocó excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales dirigidos a los profesores procedentes de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, para acceder a la tercera, cuarta, quinta y sexta escalas magisteriales; los cuales, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU, se realizarán en setiembre de 2014 y enero de 2015;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 813-2014-MINEDU de fecha 16 de junio de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicaciónen la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos públicos excepcionales; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los citados concursos;

Que, a través del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU de fecha 11 de julio de 2014, se establecen las metas de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, previstos en la PrimeraDisposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, las mismas que como Anexo 2 forman parte de integrante de la referida resolución;

Que, mediante Memorándum N° 10235-2014-MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto señala que en el Presupuesto Autorizado del Pliego para el presente año, se han previsto recursos hasta por la suma de S/. 490 000 000,00 para financiar la implementación de la Ley de Reforma Magisterial; de los cuales, según lo informado por la Dirección General de Desarrollo Docente, se han programado compromisos de transferencias de recursos hasta por la suma de S/. 469 500 000,00, quedando un saldo disponible de S/. 20 500 000,00; por lo que, se cuenta con los recursos disponibles para financiar el incremento de las metas de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación;

Que, a través del Oficio Nº 305-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Director de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio de Gestión Pedagógica el Informe Nº 170-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, el cual sustenta la necesidad de modificar las metas por escala y grupo, según modalidad, forma y nivel educativo de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación, establecidas mediante Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU;

De conformidad con con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; y las Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, aprobadas por Resolución de Secretaría General N° 813-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU, que contiene las metas por escala y grupo de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, convocados mediante Resolución Ministerial N° 0631-2013-ED, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

Fuente: http://cpmperu.blogspot.com/2014/08/aumentan-10-mil-vacantes-mas-para-el.html?spref=fb

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