"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

15/4/15

JUZGADO DE TRABAJO ORDENA AUMENTO A SERVIDOR PÚBLICO

DERECHO. Trabajador administrativo de la Ugel Sur le ganó juicio al Estado y ahora deben incrementarle su sueldo, además deben pagarle lo no percibido.
DERECHO. Trabajador administrativo de la Ugel Sur le ganó juicio al Estado y ahora deben incrementarle su sueldo, además deben pagarle lo no percibido.
Derecho. Recibirá incremento de S/. 60 mensuales a su remuneración, pese a que están prohibidos los aumentos en el Estado. Trabajador le ganó juicio a la Ugel Sur y además deberán pagarle lo adeudado.
Zenaida Condori Contreras
Arequipa

Pese a que están prohibidos los incrementos de sueldo para los trabajadores del Estado, ahora los empleados públicos podrían aumentar sus remuneraciones por la vía judicial, gracias a una sentencia que sentó precedente, emitida por el Cuarto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. 
Un trabajador público de la Ugel Sur demandó el incremento de su sueldo ante el Poder Judicialamparado en el Art. 51 del Decreto Legislativo 276, que establece una bonificación de aumento del 5% de su sueldo a los trabajadores administrativos por cada cinco años de servicio.
Este beneficio debió implementarse en agosto de 2001, sin embargo, pocos hicieron el trámite para hacer valer su derecho. El abogado Gustavo Peralta llevó el caso del  servidor administrativo de la Ugel Sur.
El empleado nunca se benefició con el decreto. Ahora tiene 26 años de servicio y demandó ante el Poder Judicial el otorgamiento de ese derecho.
El Cuarto Juzgado de Trabajo le aceptó la demanda y falló a su favor. Con la sentencia N° 554-2014, ahora la Ugel Sur deberá emitir una resolución donde le incrementen su sueldo en unos 60 soles mensuales, por los tres quinquenios acumulados que tiene.
Además se le debe hacer un cálculo de todo lo que no percibió desde el 2001 hasta ahora, más los intereses. Ello asciende a unos 10 mil soles. 
Normas  
En 2008 se promulgó la Ley Nº 29142, ley de presupuesto para el año fiscal, donde se prevé normas de austeridad. Allí se prohíbe cualquier tipo de incremento salarial y desde entonces cada año cuando aprueban los presupuestos se recuerda esta norma. 
El pasado 3 de febrero la Dirección General de Presupuesto Público volvió a recordar la prohibición, tras los incrementos que se hicieron autoridades y funcionarios de algunas municipalidades y gobiernos regionales del país.  
Según el artículo 6 de la Ley de Presupuesto 2015, en materia de ingresos del personal, se prohíbe a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, un reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, incentivos, compensaciones económicas, entre otros.
Aumento 
Para el abogado Peralta, este incremento no se trata de un aumento antojadizo, sino de un derecho amparado en un decreto legislativo.
"Solo hay dos maneras de que se incremente el sueldo en el Estado. Uno por un decreto legislativo que promulgue el Gobierno y otro por un mandato judicial. Todos los trabajadores administrativos pueden acogerse a este beneficio", indicó Peralta.
La sentencia del Cuarto Juzgado de Trabajo sienta precedente judicial vinculante para los cientos de administrativos que trabajan en las instituciones públicas del país. 

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