HAGAMOS RESPETAR NUESTROS DERECHOS CONSIGNADOS EN LA LEY DEL PROFESORADO 24029 Y SU MODIFICATORIA 25212
Durante más de veinte años los sucesivos gobiernos de turno han venido desconociendo el pago efectivo de las asignaciones económicas previstas en la Ley del Profesorado 24029 y su modificatoria 25212, en parte por la mala conducción del CEN del SUTEP, Recién con la orientación del CONARE del SUTEP hizo que los maestros recurramos a la vía administrativa y judicial en el que tras años de lucha y terca persistencia se ha logrado el reconocimiento de los derechos remunerativos del magisterio peruano.
Recientemente, el SUTE 14 y el Centro de Investigación Pedagógica y Asesoría Laboral (CIPAL) tras ardua lucha en vía administrativa han alcanzado que el Tribunal del Servicio Civil SERVIR (creado por Decreto Legislativo 1023) mediante Resolución Nº 909 - 2010 -SERVIR/TSC-1ra. Sala declare fundada el recurso de apelación interpuesto por el c. EDGAR TELLO MONTES (actual Secretario General del SUTE 14) contra la R.D.Nº 0735-2010 de fecha 12.02.2010 y,
revocándola, ha dispuesto el reconocimiento del pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación ascendente al 30% de la remuneración total, como así lo establece el art. 48 de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, ordenando a la UGEL 01 SJM ejecute la acotada resolución. Ver http://www.servir.gob.pe/
Durante más de veinte años los sucesivos gobiernos de turno han venido desconociendo el pago efectivo de las asignaciones económicas previstas en la Ley del Profesorado 24029 y su modificatoria 25212, en parte por la mala conducción del CEN del SUTEP, Recién con la orientación del CONARE del SUTEP hizo que los maestros recurramos a la vía administrativa y judicial en el que tras años de lucha y terca persistencia se ha logrado el reconocimiento de los derechos remunerativos del magisterio peruano.
Recientemente, el SUTE 14 y el Centro de Investigación Pedagógica y Asesoría Laboral (CIPAL) tras ardua lucha en vía administrativa han alcanzado que el Tribunal del Servicio Civil SERVIR (creado por Decreto Legislativo 1023) mediante Resolución Nº 909 - 2010 -SERVIR/TSC-1ra. Sala declare fundada el recurso de apelación interpuesto por el c. EDGAR TELLO MONTES (actual Secretario General del SUTE 14) contra la R.D.Nº 0735-2010 de fecha 12.02.2010 y,
revocándola, ha dispuesto el reconocimiento del pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación ascendente al 30% de la remuneración total, como así lo establece el art. 48 de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, ordenando a la UGEL 01 SJM ejecute la acotada resolución. Ver http://www.servir.gob.pe/
El SUTE 14 exhorta a los SUTE BASE ha desarrollar la lucha legal como complemento de la lucha directa lo principal por el reconocimiento de nuestros derechos económicos previstos en la Ley 24029.
Mayor orientación legal gratuita en http://sute14sector.blogspot.com/
Cels. 993987860 (Edgar Tello) y 998662450 (Juan Contreras)
ABAJO LA CRIMINALIZACIÓN DE LAS LUCHAS POPULARES
POR LA DEROGATORIA DEL D.S. 019-2010-ED
DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA, EL DERECHO AL TRABAJO Y A LA ESTABILIDAD LABORAL
ABAJO LA PRIVATIZACIÓN = MUNICIPALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN
ABAJO EL PROGRAMA DE INCORPORACIÓN A LA ANTIMAGISTERIAL LEY 29062
POR LA DEROGATORIA DE LAS LEYES 28044 - 29062 - 29510 - 28988
ORGANIZAR, CONSOLIDAR LOS FRENTES DE DEFENSA DE LA GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN
VIVAN LAS LUCHAS DE NUESTRO PUEBLO
SOLIDARIDAD CON TODAS LAS LUCHAS POPULARES
GRAN INAUGURACIÓN Y PRIMERA FECHA DEL CAMPEONATO MAGISTERIAL DEL SUTE 14
SABADO 9 DE OCTUBRE DEL 2010
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