"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

6/5/16

OTRO DURO REVÉS QUE RECIBE EL ESTADO ANTE LA DISCRIMINACIÓN Y TRATO DIFERENCIADO EN CESE COLECTIVOS DE LA LEY Nº 27803 Y 29059, CONTRA LOS DESPEDIDOS DE LA DECADA DEL NOVENTA

OTRO DURO REVÉS QUE RECIBE EL ESTADO ANTE LA DISCRIMINACIÓN Y TRATO DIFERENCIADO EN CESE COLECTIVOS DE LA LEY Nº 27803 Y 29059, CONTRA LOS DESPEDIDOS DE LA DECADA DEL NOVENTA

Sin perder el horizonte en esta dura lucha por hacerse realidad la culminación del trámite de insistencia de autógrafa de ley que restituye derechos de los trabajadores despedidos recaídas en el Proyecto Nº 422-2011, el FUNETCINCENCES; logra arrancar resolución del MTPE definitiva por medio del cual se inscribe a la compañera Irma Flores, en el RNTCI (quien fue discriminada en los cuatro listados por la comisión ejecutiva) en cumplimiento de la Resolución Nº 027-2015 del Décimo Juzgado especializado de Trabajo Transitorio de la Corte superior de Justicia de Lima. Así, logramos en la vía judicial una cosa juzgada y en la vía administrativa una cosa firme y decidida.

Este éxito se suma a las sentencias que publicamos anteriormente como son las recaídas en la Casación Nº 08966-2014 de la Primera Sala de Derechos Constitucional y Social de la Corte Suprema y el Expediente Nº 00782-2009 de la Quinta Sala Laboral de Lima sobre proceso Contencioso administrativa.

A estas alturas, el Estado tiene la obligación de promulgar Ley de Restitución para los cesados irregularmente y no puede seguir sosteniendo que las evaluaciones de los ceses irregulares efectuadas vía Comisión Ejecutiva se han respetado todos los criterios legales y normas vigentes; pues está probado con las sentencias finales del Poder Judicial, que hubo discriminación de lesa humanidad y está probado también que hubo trato diferenciado en dicha evaluación.

Así, el mismo Estado a gestión nuestra, vía Dr. Ricardo Herbozo Asesor de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del MTPE en su informe 198-2007-MTPE ha reconocido que no existen actas de calificación sobre los ceses irregulares y en esta condición se encuentran aproximadamente 70 mil expedientes presentadas al amparo de la Ley 27803.

El Funetcincences ha sido claro en sostener sin ambages que hubo un crimen político y legicidio en el tema de cese irregulares y el Estado coludiéndose con cúpulas del oportunismo han pretendido sepultar este crimen no sacando a la luz ni denunciando estas irregularidades; claro, no lo podían hacer porque solos se hubieran condenado; sin embargo, nuestra organización tuvo la firmeza de conducir el desbaratamiento de este crimen, y hoy se puede probar con documentos, sentencias y resoluciones ministeriales que los despedidos tenían la razón al reclamar el derecho a ser repuestos a sus centros laborales tan igual como otros trabajadores que merecidamente ya están trabajando desde el año 2002.

PREVENIMOS:
Siendo un plan del FMI, BID (engendros del imperialismo) profundizar en América Latina y en especial en el Perú las reformas de flexibilización laboral que promoverán despidos masivos de servidores públicos en el Perú, alertamos y prevenimos que la restitución de derechos para los despedidos de la década del noventa y sus leyes arrancadas con duras luchas como la 27452, 27487, 27803, 28299 y 29059 y con sus respectivas normas conexas, están en riesgo, incluso existe la posibilidad de que deroguen todas las leyes arrancadas para implementar con fuerza la ley Servir y otras leyes que promuevan evaluación punitivas y con ello despedir masivamente a trabajadores; en este sentido, es tarea de todos los despedidos del Perú y de los trabajadores activos en unir fuerzas y ampliarlas con otros sectores de la actividad privada para evitar que se consuma estos planes del neoliberalismo, privatización y se hagan posible la imposición de las leyes del gran capital, las leyes de reforma en el fondo son leyes del gran capital.

Es fácil darse cuenta ahora, porque la dilatación en la aprobación del trámite de insistencia de la autógrafa para los despedidos en el congreso de la República, porque obedece a un plan del neoliberalismo en negar derechos laborales y reincorporaciones, promoviendo despidos masivos, ese es el fondo.

Finalmente, se hace justicia de a poco, lo cual consideramos que es un éxito relativo pero positivo nuestra lucha legal y va de menos a más porque se viene más sentencias y no nos deberá extrañar, aunque el Estado pretenda profundizar la reforma de flexibilización laboral para promover más despidos, acto a los cuales nos oponemos y rechazamos tajantemente, ¡Despedidos reposición, nunca más despido¡ es nuestra consigna en este momento.

Por ello los compañeros despedidos del Perú tienen la oportunidad de hacer respetar sus derechos vía demandas antes que salgan leyes draconianas y el Funetcincences pone a disposición del pueblo despedido las conquistas arrancadas con duras luchas, porque servimos y defendemos al conjunto, nunca asumimos defensa de individuos. Ningún despedido nos señalará con el dedo diciendo “ahí va el vendeobrero, ahí va el vendedespedido”.

En este sentido, para mayores informes y orientación señalamos nuestra dirección en el Jr. Carabaya Nº 940, oficina 408, cercado de Lima, de lunes a viernes en horario de oficina y asistir a las Asambleas semanales los días sábado en el local de costumbre.

Contactarse al correo electrónico: Funetcincences@hotmail.com
Publicamos en esta oportunidad nuevamente las sentencias como cosa juzgada de la Corte Suprema y también sentencia revocatoria de la Sala.








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