MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Lima, 29 de abril de 2016
VISTOS, el Expediente 0029600-2015, el Informe Nº 042-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Informe Nº 368-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, los auxiliares de educación comprendidos en la categoría remunerativa E de la Ley Nº 24029, se rigen por la Ley de Reforma Magisterial en lo que corresponda;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 008-2014-MINEDU incorpora, entre otras disposiciones, el Título Sétimo al Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; para regular los deberes, derechos, jornada laboral, vacaciones, régimen disciplinario, término de la relación laboral, entre otros aspectos, de los Auxiliares de Educación;
Que, el artículo 215 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, define el cargo de Auxiliar de Educación y señala que el Ministerio de Educación establece las funciones generales y específicas que les corresponde, según nivel y modalidad educativa en el cual se desempeña;
Que, el artículo 226 del referido Reglamento, establece que el Ministerio de Educación emitirá las normas que regulen la reasignación, permuta, destaque, licencias y permisos de los Auxiliares de Educación;
Que, mediante Informe Nº 042-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, informa y sustenta la necesidad de emitir una norma que permitan atender entre otras, las acciones de reasignación, permutas y licencias de los Auxiliares de Educación; la misma que tendría por finalidad, establecer las normas y procedimientos aplicables a los Auxiliares de Educación de las instituciones educativas públicas de la Educación Básica Regular y Educación Básica Especial, que regulen las situaciones administrativas y otros aspectos laborales; de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas que regulan las situaciones administrativas y otros aspectos laborales del Auxiliar de Educación", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local, la difusión e implementación de la referida Norma Técnica.
Artículo 3.- Dejar sin efecto todas las disposiciones normativas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica
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