"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

29/5/13

MODELO DE INFORME SOBRE LA ENTREGA DEL LEGAJO PERSONAL

INFORME Nº 001
A: SEÑOR DIRECTOR DE LA I.E.
DE: DOCENTES QUE AL FINAL FIRMAMOS
ASUNTO: LEGAJO PERSONAL
FECHA:  DE MAYO DEL 2013
Por el presente tenemos a bien expresarles nuestros saludos ya a la vez comunicarle lo siguiente:
-          Que con diversos Memorándum se solicita a los docentes de Primaria y Secundaria los legajos personales.
-          En vista de que algunos docentes hemos interpuesto Demanda de Amparo exigiendo la inaplicación de la Ley 29944 de Reforma Magisterial, su Reglamento el D.S. Nº 004-2013ED y otros maestros están en proceso de presentación.
-          Comunicamos a usted de que hemos hecho la consulta al Departamento Legal de Maestros de Perú sobre la entrega del Legajo Personal y estamos a la espera de la orientación legal, el cual apenas nos informen estaremos comunicando.
Es todo lo que informamos a usted.
Atentamente,
APELLIDOS Y NOMBRES
DNI
FIRMA






















27/5/13

¡CUIDADO! LAS SEIS IDEAS ERRONEAS QUE PROCREAN ALMAS SERVILES Y ARRIBISTAS Y QUE PRETENDEN CORROER Y OXIDAR LA MORAL Y LA DIGNIDAD DE ALGUNOS PROFESORES


30 DE MAYO PARO NACIONAL UNITARIO

CONCENTRACION: PLAZA SAN MARTIN 

HORA: 9.00 AM 

SUTE 14 SECTOR RINDE MERECIDO HOMENAJE A LAS MAESTRAS JARDINERAS EN SU 82 ANIVERSARIO


El día viernes 24 de Mayo del presente año el Comité Ejecutivo del SUTE 14 SECTOR realiza por primera vez un pequeño homenaje de reconocimiento a la labor de las maestras y maestros del nivel inicial, que consistió en un acto cultural con números artísticos, sorteos de regalos y entrega de presentes a todos los asistentes.

Debemos indicar también que las palabras y brindis de honor en representación del nivel inicial estuvo a cargo de la Prof. Margarita Cabrera Sanchez y luego se procedió al sorteo de presentes aquí algunas ganadoras.












FELIZ DÍA DE LA EDUCACIÓN INICIAL

VIVA EL PARO NACIONAL DEL 30 DE MAYO

VIVA NUESTRO GLORIOSO Y COMBATIVO SUTEP  

COMUNICADO SOBRE LA ENTREGA DE LOS LEGAJOS PERSONALES QUE SOLICITA LA UGEL 01


AVISO IMPORTANTE A TODOS LOS MAESTROS HA LLEGADO A TODAS LAS I.Es DE LA UGEL 01 UNA DIRECTIVA PARA QUE LO DIRECTORES SOLICITEN VÍA MEMORÁNDUM EL LEGAJO PERSONAL DE CADA MAESTRO Y TRABAJADOR DE LA I.E. ESTO CON EL AFAN QUE LOS MAESTROS FACILITEMOS NUESTRA INFORMACIÓN (PERSONAL, FAMILIAR, LABORAL, ACADÉMICA,ETC) PARA CREAR SU BASE DE DATOS DE LA LEY 29944 DE REFORMA MAGISTERIAL Y SU REGLAMENTO D.S. 004 -2013 ED.
LO CUAL SE RECOMIENDA TODAVÍA NO ENTREGAR HASTA QUE NUESTRO DEPARTAMENTO LEGAL DÉ LAS ORIENTACIONES DEL CASO RESPECTO A ESTAS FICHAS CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA EN EL MEJOR DE LOS CASOS COMUNICAR A LOS DIRECTORES QUE ESTA EN CONSULTA CON LOS ABOGADOS POR TENER NUESTRA DEMANDA DE AMPARO EN PROCESO..


JUEVES 30 DE MAYO PARO NACIONAL CONCENTRACIÓN: PLAZA SAN MARTÍN HORA: 9.00 AM

AVISO IMPORTANTE A TODOS LOS MAESTROS HA LLEGADO A TODAS LAS I.Es DE LA UGEL 01 UNA DIRECTIVA PARA QUE LO DIRECTORES SOLICITEN VÍA MEMORÁNDUM EL LEGAJO PERSONAL DE CADA MAESTRO Y TRABAJADOR DE LA I.E. ESTO CON EL AFAN QUE LOS MAESTROS FACILITEMOS NUESTRA INFORMACIÓN (PERSONAL, FAMILIAR, LABORAL, ACADÉMICA,ETC) PARA CREAR SU BASE DE DATOS DE LA LEY 29944 DE REFORMA MAGISTERIAL Y SU REGLAMENTO D.S. 004 -2013 ED 
LO CUAL SE RECOMIENDA TODAVÍA NO ENTREGAR HASTA QUE NUESTRO DEPARTAMENTO LEGAL DE LAS ORIENTACIONES DEL CASO RESPECTO A ESTAS FICHAS CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA EN EL MEJOR DE LOS COMUNICAR A LOS DIRECTORES QUE ESTA EN CONSULTA CON LOS ABOGADOS POR TENER NUESTRA DEMANDA DE AMPARO.

MARTES 28 DE MAYO HORA: 6.30 PM ANÁLISIS DEL REGLAMENTO DE LA LEY 29944 DE REFORMA MAGISTERIAL 

JUEVES 30 DE MAYO PARO NACIONAL CONCENTRACIÓN: PLAZA SAN MARTÍN HORA: 9.00 AM
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PRONUNCIAMIENTO: SOBRE PSEUDO SUPERVISION - EVALUACION A DOCENTES POR DIRECTORES Y SUB DIRECTORES DE LAS REDes EN I.Es.

CASO SIMILAR SE PRESENTA EN LA UGEL 01 TOME NOTA Y TÉNGALO PRESENTE ESTIMADO MAESTRO.



PRONUNCIAMIENTO


Ante las denuncias recibidas por parte de docentes de diversas instituciones educativas pertenecientes a la UGEL 05, que señalan que:  un grupo o "MANCHA" de Directores y Subdirectores de las I.Es, estan haciendo un "BARRIDO" como parte de un plan de "SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DOCENTE"  planificado y ejecutado  por las REDes.

El Comité Ejecutivo del SUTE XV  se pronuncia en los términos siguientes:

PRIMERO:
Que, en vista de que Los Directores y Subdirectores han perdido LIDERAZGO Y AUTORIDAD MORAL en sus I.Es, por DE HABER DEMOSTRADO INCAPACIDAD E INCOMPETENCIA EN GESTION INSTITUCIONAL Y PEDAGOGICA (salvando honrosas excepciones). NO TIENEN ni la más mínima AUTORIDAD para desarrollar procesos de supervisión y evaluación en el marco de la "EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DOCENTE".Ellos lo saben, por eso NO SON CAPACES DE DAR CARA  A LOS MAESTROS DE SUS I.Es, sino que ahora  fungen de ERUDITOS y se van a presumir y e imponer a otras instituciones donde  no los conocen, entonces pasan como   AUTORIDADES "PIOLAS" ,  utilizando  la figura de SUPERVISIÓN para CHANTAJEAR a  INGENUOS maestros, causando miedo y sosobra por la amenaza que supuestamente representa. Para el colmo, utlizan instrumentos "no validados" producto de improvización. Y lo peor, no permiten OBSERVACIONES DE DOCENTES ni dejan copia de la ficha de evaluación.


SEGUNDO:
Que, En el marco de la inconstitucional ley de reforma magisterial y su reglamento impuesto al magisterio, se establece que La evaluación de desempeño docente es realizada por un Comité de Evaluación y NO POR UN GRUPO DE INCAPACES, INMORALES SANCIONADOS  HASTA LA SACIEDAD. 

Además, se establece claramente que los criterios e indicadores para la evaluación de desempeño docente son determinados por MINEDU.
lèase los siguientes artículos del D.S. 004-2013-ED :   
Artículo 46.- Comités de evaluación de desempeño docente

46.1. La evaluación de desempeño docente es realizada por un Comité de Evaluación integrado por:

a) El Director de la institución educativa.

b) El Subdirector o Coordinador Académico del nivel.

c) Un profesor de la misma modalidad, forma, nivel o ciclo que el evaluado y de una escala magisterial superior. 


46.2. En el caso de los Comités de Evaluación de desempeño docente de instituciones educativas unidocentes, multigrado y profesor coordinador de PRONOEI, su conformación está a cargo de la UGEL y sus integrantes son:

a) El Director de Red o el representante de la UGEL, según corresponda, quien lo preside b) Dos profesores de la Red de la misma modalidad, forma, nivel o ciclo que el evaluado y de una escala magisterial igual o superior.

46.3 El Director y los demás integrantes de los Comités de Evaluación de Desempeño Docente son capacitados y certificados por el MINEDU en coordinación con los Gobiernos Regionales para el cumplimiento de su función. 


Artículo 47.- Criterios e indicadores para la evaluación de desempeño

47.1. El MINEDU determina los criterios e indicadores para la evaluación de desempeño en base a los cuatro dominios establecidos en el Marco del Buen Desempeño Docente, considerando las diferentes modalidades, formas, niveles y ciclos que integran el sistema educativo peruano. Este proceso es realizado en coordinación con las diversas Direcciones del MINEDU responsables de las mismas.

47.2 La evaluación de desempeño docente incluye necesariamente la evaluación de la práctica docente en el aula frente a los estudiantes.

47.3. El MINEDU aprueba, mediante norma específica, las estrategias, las técnicas e instrumentos de evaluación de desempeño, los cuales pueden ser aplicados por entidades especializadas para su posterior consolidación por parte de los miembros de los Comités de Evaluación. 
 

TERCERO:

Que, según DIRECTIVA Nº012-2013-D.UGEL.05/J.AGP/EEBR/SJL-EA, lasREDes oficialmente son órganos intermedios de coordinación, mas no de ejecución o de supervisión - evaluación. Por tanto, los actos   
realizados por  el grupo de Directores de las REDes que estan haciendo una "supervisión  - evaluación" ,SON DELITOS TIPIFICADOS por nuestro codigo penal:

art. 361.- Usurpacion de Funciones.
art. 376 .-  Abuso de Autoridad,
art. 427.- falsificacion de documentos.

Entonces, cabe la DENUNCIA y SANCION PENAL a estos funcionarios. 

 y sin perjuicio a lo señalado,  en concordancia a la ley 29944, su reglamento D.S. 004-2013-ED.  y Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; a éstos funcionarios se debe abrir un proceso administrativo  sumario para disponer su sancion ejemplar.

CUARTO:
 Que, en concordancia a la Ley Nro. 28044 - LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, los Directores y Subdirectores deberian estar cumpliendo su funcion. QUE COMO ES CONOCIDO POR TODOS LOS MAESTROS, PADRES Y ESTUDIANTES, estos NUNCA ESTAN EN DONDE DEBEN, EN SUS COLEGIOS,  sino en la calle  con el pretexto de "CAPACITACION EN UGEL", pero nunca aprenden algo bueno, solo han aprendido a TOMAR de los recursos financieros 10.00 nuevos soles por cada salida a la ugel (cuando la ley señala solo 2 soles)  . ¿sera que viajan en limosina?.

Aqui les recordamos sus funciones:  
Artículo 55°.- El Director

El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Le corresponde:


a) Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68º de la presente ley.

b) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa.

c) Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y sus autoridades superiores.

d) Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo, así como una remuneración correspondiente a su responsabilidad.

e) Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta servicio en las instituciones del Estado.


QUINTO:

En estas circunstancias,  EXIGIMOS  a la Direccion de la UGEL 05 actuar en el marco del estado de derecho, respetando las leyes y sus procedimientos, INVESTIGAR Y  SANCIONAR  a las personas ivolucradas en la presente denuncia pública.

Asimimo, alertamos al magisterio  de la UGEL 05  NO DEJARSE SORPRENDER POR LA MAFIA QUE ANDA EN GRUPO Y CAMUFLADO COMO COMITE DE EVALUACION Y SUPERVISION.

Si el grupo de directores se aparece por el colegio , inmediatamente  solicitar  presenciapolicial para hacer la constatación respectiva (medio probatorio) , hacer un acta de rechazo donde firmen todos los docentes,  tomar imágenes con el celular. (especialmente las comelonas que realizan antes y despues del faenón con la plata saqueada a los recursos financieros de los colegios)

A los maestros que fueron SORPRENDIDOS por éstos directores, recabar  o exigir una copia de la ficha de evaluación donde consten los nombres de los directores supervisores(son medios probatorios para la denuncia penal)  y enviarnos una copia a sutexvsjl@hotmail.com

Finalmente, LOS UNICOS que tienen por funcion el  "MONITOREO  Y ACOMPAÑAMIENTO" son el Director y Subdirector de  la institución a la que pertenece el maestro, en todo caso un especialista designado por resolución de UGEL.


San Juan de lurigancho, mayo del  2013.

Comite Ejecutivo SUTE XV


¡NO AL ABUSO DE AUTORIDAD!
¡NO A LA USURPACION DE FUNCIONES!

¡ POR LA DEFENSA DE LA DIGNIDAD DE LA PROFESION DOCENTE!
¡ABAJO LA MAFIA DE DIRECTORES CORRUPTOS!
¡ABAJO  LA CUPULA DE DIRECTORES INCAPACES  E INCOMPETENTES!

PATRIA ROJA EN EDUCACIÓN



COMUNICADO DEL DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS DEL PERÚ


23/5/13

DESESPERACIÓN EN EL GOBIERNO Y EL CEN SUTEP PATRIA ROJA POR PARO DEL MAGISTERIO NACIONAL DEL 30 DE MAYO.



30 DE MAYO PARO NACIONAL UNITARIO 

CONCENTRACIÓN PLAZA SAN MARTÍN HORA: 9.00 AM



Traición  es la palabra  que  mejor  identifica  a  Ollanta  Humala  y  al CEN SUTEP Patria Roja.  El primero  tiró  al  tacho  el  Programa  de la  "Gran  Transformación"  y  la  Revolución  Educativa.  El  segundo  ha  terminado  al  servicio  de  quien  le  asegura  control  absoluto  de la  Derrama Magisterial,  inundándose  de  vergonzoso  colaboracionismo.   Ollanta  Humala  es  hoy  un  eficiente  soldado  defensor  de los intereses  de los  grupos  de poder  que controlan  la economía  y   la política  en  el  Perú.  Patria  Roja,  no  se  queda  atrás. Aislado  y  duramente  repudiado  por  el  magisterio  peruano defiende  con  uñas  el  dinero  que  mes a mes esquilman  a los maestros. A  eso  se  dedica  su  ejército de asalariados.   En  suma,  ambas  fuerzas  coinciden  estratégicamente  en  la  defensa  de  sus  perversos  intereses.  Contra  la  traición  y  el colaboracionismo. . . 30  DE  MAYO  PARO NACIONAL.  


                                                  

POR LA DEROGATORIA DE LA LEY 29944 Y SU REGLAMENTO D.S Nº 004-2013 ED

RECHAZO A LA HUMILLACIÓN DE LOS MAESTROS CON EL DENOMINADO BARRIDO
SOLO SE BARRE LA BASURA, LOS  MAESTROS TENEMOS DIGNIDAD Y EXIGIMOS RESPETO

CONTRA EL CESE DE LA PERSECUCIÓN POLÍTICA CONTRA LOS MAESTROS Y DIRIGENTES MAGISTERIALES, ESTUDIANTILES Y POPULARES
(PUNO, TACNA, APURIMAC, PIURA, LAMBAYEQUE, UCAYALI, ANCASH Y OTRAS REGIONES)

Fuente: SUTE XVI SECTOR

ACTIVIDADES DEL SUTE 14 SECTOR


TACNA: PARO NACIONAL UNITARIO 30 DE MAYO NADA NOS HA CAÍDO DEL CIELO, TODO SE LOGRA CON LUCHAS



MODELO DE DENUNCIA PENAL CONTRA AQUELLOS DIRECTORES QUE SE QUIEREN ENVALENTONAR CONTRA LOS MAESTROS QUE EXIJEN LA INAPLICACION DE LA LEY 29944 DE REFORMA MAGISTERIAL


LLENAR LOS DATOS QUE CORRESPONDE  LUEGO HACERLO FIRMAR CON ABOGADO, ADJUNTAR LOS ANEXOS O MEDIOS PROBATORIOS EN COPIAS SIMPLES  Y PRESENTARLO A LA FISCALIA RESPECTIVA EN ORIGINAL Y DOS COPIAS, DE LAS CUALES UNA COPIA ES PARA EL CARGO.
                                                                                                           Sumilla: Interpongo denuncia penal

SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE…………………..

      ……………………………………………………………….., identificada con DNI Nº 31648956, con domicilio real ……………………………………………………………… y con domicilio legal en ………………………………………………….., a usted con respeto digo:
        Que formulo DENUNCIA PENAL contra don…………………………………………………………………………….. en su condición de Director de la Unidad de Gestión Educativa Local , a quien se le deberá notificar en su domicilio real sito en …………………………………………………………………. por haber incurrido en el delito contra la Administración Pública - ABUSO DE AUTORIDAD en actos preparatorios, el cual se encuentra tipificado en el Art. 376º de nuestro Código Penal, denuncia que sustento en los siguientes fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:
         Primero.- Que, con fecha…………………………. he interpuesto ante el Juzgado Constitucional el proceso de amparo POR INAPLICACION DE LA LEY Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial, ingresando con expediente Nº…………………….., por cuanto la cuestionada Ley lesiona mis derechos cambiando automática y perjudicialmente mi  régimen laboral de estabilidad de la Ley 24029 Ley del Profesorado por otro de contrato temporal, Confisca mi derecho patrimonial por remuneraciones ganadas mediante su derogatoria inmediata desde la vigencia de la impugnada, efectiviza discriminación de Lesa Humanidad prevista en el artículo 323º del Código Penal mediante el cese en la función docente para aquellos procesados sin  sentencia o aquellos sentenciados que hubieran cumplido sus sentencias penales y el plazo de inhabilitación por razones de persecución política y perjudica mi derecho al nivel magisterial ganado en nuestro régimen escalafonario por una escala menor en el nuevo escalafón, siendo discriminados sin fundamento frente a los docentes de la Ley Nº 29062.

      Segundo.- Que, con solicitud escrita y amparado en nuestra Constitución Política he puesto de conocimiento a la Autoridad de mi sector, sobre la presentación del proceso de amparo por inaplicación de la Ley 29944 Ley de Reforma magisterial, para que se sirva tener presente que  ninguna Autoridad ni organismo puede avocarse a causas pendientes ni interferir en el Ejercicio de sus funciones, tampoco puede cortar procedimientos en trámite hasta que exista sentencia consentida y firme en ultima instancia en la vía nacional y supranacional.

       Tercero.- Sin embargo, el Denunciado, lejos de mantener independencia y preservar lo ordenado por nuestra Constitución sobre la no interferencia de  causas pendientes de trámite, me ha cursado el Oficio Nº …………………………………………………..su fecha ………………………, por el cual determina la aplicación de la Ley de Reforma Magisterial, basándose en un supuesto de no existencia de disposición sobre postergación de aplicación en la misma Ley, descartando olímpicamente mi derecho constitucional,  ignorando la diferencia entre vigencia con inaplicación.

       Cuarto.- Señor Fiscal, el funcionario denunciado al intervenir directamente sobre la aplicación de la ley sin tomar en cuenta que existe el proceso por inaplicación, incurre en delito contra la Administración Pública - ABUSO DE AUTORIDAD en actos preparatorios, el cual se encuentra tipificado en el Art. 376º de nuestro Código Penal lesionando el Inc.) 2 del Art. 139ª de la Constitución sobre independencia de la función jurisdiccional.

Adjunto como medios de prueba lo siguiente:

a.    Copia simple de la solicitud presentada al UGEL
b.    Copia simple de Oficio Nº
c.    Copia simple de mi DNI

POR LO EXPUESTO:

Señor Fiscal Provincial, previos los trámites de Ley, solicito se sirva formalizar denuncia penal al denunciado.


                                                                     ………………..,      de Mayo de 2013.



                                                                                   ………………………………….


EL SUTE 14 SECTOR SALUDA EL TRIUNFO DE LA PROFESORA MERY COILA RAMIREZ COMO NUEVA SECRETARIA GENERAL DEL SUTE REGIONAL TACNA Y DESEA MUCHOS ÉXITOS EN SU GESTIÓN


Mery Coila: Flamante secretaria del Sutep Regional de Tacna, gana elecciones en legítimo triunfo por una línea sindical clasista.

Realmente un triunfo de las bases. Pese al boicot por parte de la Dirección Regional de Educación Tacna en alianza con los dirigentes del llamado Sutep orgánico de Patria Roja y la radio de la corrupción, se realizó las elecciones del Sutep Regional de Tacna, donde obtuvo la victoria la profesora Mery Coila Ramirez por una línea sindical clasista.

Las elecciones se llevaron transparentemente y fueron verificadas por notario público, dando la legalidad al proceso eleccionario.

AREQUIPA PRESENTE EN LA LUCHA DEL 30 DE MAYO


Obrera chilena aportó 30 años a AFP y se retiró con pensión de 218 dólares mensuales



Trabajadores chilenos cuestionan las pensiones exiguas que el sistema privado de pensiones paga a sus afiliados. Voceros de las AFP responden planteando un aumento de la tasa de aportación y de los años de cotización.
Santiago. EFE.
El sistema chileno de pensiones, administrado por compañías privadas, está en discusión por los bajos montos que ofrece, inferiores al 70% del sueldo de los trabajadores, lo que ha impulsado el debate sobre la revisión de este mecanismo, vigente desde 1980.
Los trabajadores critican las ingentes ganancias de las AFP, que el 2012 sumaron US$ 582 millones, mientras estas creen que la solución a las bajas pensiones está en aumentar la aportación (10% del salario) y los años de cotización.
"Yo estuve aportando hasta los 60 años, me jubilé con 30 años de cotización y a estas alturas gano 104.000 pesos (US$ 218)", cuenta Norma Vargas, de 75 años, que trabajó como operaria en una industria y como lavandera y planchadora, y que en la actualidad cocina cada tres días para ahorrar gas.
Con esa pensión, es su hijo quien se encarga de pagar 35.000 pesos (US$ 73) mensuales por un crédito que pidieron para pagar 1.8 millones de pesos (US$ 3.773) por una operación del nervio trigémino en el sistema público de salud, dijo Norma.
Según Joaquín Vial, consejero del Banco Central, cerca del 60 % de cotizantes que comenzaron a ahorrar en 1980 recibirán una pensión de solo 150.000 pesos mensuales (US$ 314).
Se estima además que la tasa de reemplazo (monto de la pensión comparada con los últimos sueldos) llega al 64% promedio entre los hombres y al 50 % entre las mujeres.
En estas condiciones, no es extraño ver a personas de hasta 75 u 80 años trabajando,pues aunque los hombres se pueden retirar a los 65 años y las mujeres a los 60, muchos deciden seguir trabajando sin jubilarse o bien compatibilizar el trabajo con la pensión, como hizo la propia Norma hasta después de los 70 años.
Según la página de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, el valor de los Fondos de Pensiones alcanzó a 80.19 billones de pesos (US$ 168.000 millones), al 30 de abril de 2013, un 7,9 % más respecto a igual fecha del año anterior.
"De acuerdo con las estadísticas del propio sistema, 1 de cada 3 pesos cotizados va a los bolsillos de los administradores", aseguró el economista Manuel Riesco.
"Los otros 2 pesos se usan para prestarlos a los grupos financieros o para jugarlos en la ruleta de los mercados internacionales, donde las AFP depositan los ahorros de los cotizantes para obtener rentabilidad", añadió.
El sistema, basado en la capitalización individual, en la que cada empleado tiene una cuenta personal de ahorro con miras a su vejez, fue implantado en Chile en noviembre de 1980 por la dictadura de Augusto Pinochet
Los trabajadores que ya estaban trabajando pudieron decidir entonces si continuaban en el antiguo sistema o se cambiaban al nuevo, que hoy tiene diez millones de afiliados.
Las AFP achacan las bajas pensiones a que muchos trabajadores cotizan pocos años o lo hacen de forma interrumpida, y piden elevar la edad de jubilación o subir el porcentaje de cotización, del actual 10 % del sueldo hasta el 13 %.
El Gobierno de Sebastián Piñera propuso el pasado 1 de mayo reducir la aportación al seguro de cesantía (desempleo) para aumentar un punto, hasta el 11 %, la cotización a las AFP.
 
EN EL CASO PERUANO
Mientras que en el caso peruano este Sistema Privado de Pensiones se creó el 6 de diciembre de 1992, a través del Decreto Ley 25897. Tras 19 años, el SPP tiene hoy más de cinco millones de afiliados.
Y desde el 19 de julio del año pasado se publicó la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (Ley 29903) que busca reducir el cobro de las comisiones y tener una mejor administración del dinero que será destinado a la jubilación de los peruanos.
El economista Jorge González Izquierdo sostuvo que en el caso peruano en el SPP el monto de la pensión dependerá de los aportes que realice y la rentabilidad que las AFP les saque a dichos aportes. ❧
OTRAS OPCIONES PARA LA PENSIÓN
Según el presidente de la Asociación de AFPs de Chile, Guillermo Arthur, si la cotización subiera a 20%, que sería similar al promedio de los países de la OCDE (19,6%), las tasas dereemplazo llegarían al 120%.
Otros políticos, como la ex presidenta Michelle Bachelet (2006-2010), apuestan por la creación de una AFP estatal. Pero otros van más allá, y piden acabar con el actual mecanismo y volver al antiguo sistema de reparto, como defiende la Central Unitaria de Trabajadores, central sindical de Chile.
El economista Manuel Riesco ve factible esta solución. "Si se termina el sistema de AFP, el Estado se tendría que hacer cargo de las pensiones, un costo de 2 billones de pesos anuales (US$ 4.192 millones), pero el Estado ya está poniendo un billón para compensar, entre otros, a los que cotizaron en el antiguo sistema", explicó.
"El Estado tendría que asumir como gasto adicional un billón de pesos anuales, y se quedaría con los fondos, que suman 80 billones de pesos, y con la administración de las cotizaciones, que fueron 4,7 billones de pesos en 2012", dijo.