"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

15/6/14

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY SERVIR ¿SE VIENEN LOS DESPIDOS MASIVOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?

Aprueban Reglamento de Ley Servir

Aquí los puntos más resaltantes de la nueva norma

Finalmente el Es­tado aprobó el re­glamento para Ley N° 30057 del Ser­vicio Civil que tiene por objeto establecer un régi­men único y exclusivo para las personas que prestan sus servicios a las entida­des públicas del Estado. En este contexto, Diario Exito­sa te presenta las claves de la misma, que a pesar de ser duramente criticada, trae al­gunos puntos que resaltar.

CAPACITACIÓN ANTES QUE DESPIDOS
Según el reglamento, el servidor civil que haya sido calificado como "personal de rendimiento sujeto a ob­servación" en su evaluación de desempeño, tendrá de­recho a ser capacitado du­rante seis meses posterio­res a la prueba. Luego el trabajador tendrá oportu­nidad de rendir nuevamen­te los exámenes, pero si el empleado se niega a recibir dicha formación laboral, se considerará resistencia al superior jerárquico.

FINANCIAMIENTO POR FORMACIÓN LABORAL
Accederán a este bene­ficio los servidores civiles que hayan sido calificados como "personal de rendi­miento distinguido" en al menos una de las tres últi­mas evaluaciones de des­empeño. No obstante, la entidad atenderá la solici­tud de financiamiento de acuerdo con sus posibilida­des presupuestales.

PERIODO DE PRUEBA Y VACACIONES
Los servidores bajo los re­gímenes de los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057 que se trasladen a la Ley Servir no estarán suje­tos al periodo de prueba. Asimismo, el año de servicio exigido para sus vacaciones se computará desde la fecha del traslado.

TRANSPARENCIA EN SANCIONES
El Reglamento prevé que las sanciones impuestas a los servidores públicos se inscribirán obligatoriamen­te en el Registro Nacional de Sanciones de Destitu­ción y Despido. Dicho re­gistro será público y toda persona accederá a él me­diante el módulo de con­sulta ciudadana. Gracias a esto las entidades pú­blicas deberán cumplir las sanciones impuestas a los servidores.

UNIFICA REGÍMENES
El reglamento manifiesta que la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en ade­lante SERVIR, ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Re­cursos Humanos y del Régimen del Servicio Civil como parte del mismo y a otros regímenes, conforme al Decreto Legislativo Nº 1023, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades y regímenes de la administración pública.

Esta norma, impulsada durante el actual gobierno del presidente Ollanta Hu­mala, pretende unificar todos los regímenes laborales existentes en las institu­ciones del Estado en uno solo, con una sola escala salarial que beneficia a los tra­bajadores estatales, y promoviendo la carrera pública bajo el criterio del orden de méritos.
LEA EL REGLAMENTO COMPLETO AQUI

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