Con desinterés absoluto y sirviendo a los trabajadores cesados
irregularmente en la década de los 90, el Funetcincences logra ejecutar una
sentencia más en su largo trajinar como la Sentencia Nº 00057 de fecha 21 de
marzo de 2013 y Resolución Nº 01 del 11
de enero de 2013 del 9º Juzgado Especializado de Trabajo de Lima, y como
consecuencia de ello se implementa la R.D. Nº 1100-2014-MTC/10.07 su fecha 11
de Junio de 2014; logrando hacer efectiva la reincorporación a su centro del
trabajo el MTC, con su mismo régimen laboral estable D. Leg. 276, mismo cargo,
mismo nivel remunerativo y misma condición de nuestros compañeros VÍCTOR FRANCISCO CALDERÓN YACTAYO, LUIS ENRIQUE MEDINA GUTIERREZ y otros.
Debemos anunciar que nada nos ha caído
del cielo, todo es fruto de nuestra
lucha y de una correcta estrategia y táctica efectuada por nuestra
Organización Nacional, y no es de extrañarnos que pronto se irán reincorporando
más compañeros por mandato judicial; pues, a los cientos que hemos logrado que
se reincorporen por la vía judicial, se
sumarán los que ya están en camino como los cesados irregularmente de Huánuco,
Huancavelica, Junín, Ayacucho, Lima, Chiclayo y otras regiones más, que luego
de titánica lucha y con sentencias con cosa juzgada estamos planteando las
ejecutorias de sentencias.
Tenemos la razón, porque los ceses
irregulares durante la década de los 90 fueron actos de discriminación de lesa humanidad, sin ejercicio del derecho
de defensa, igualdad ante la ley, sin respeto del debido proceso y debido
procedimiento administrativo. Es decir, se aplicó un genocidio laboral. Se
aplicó una legislación que sin causa de cese contemplado en ley nos expulsaron
del trabajo por coacción y por excedencia,
y con plena vigencia de un régimen laboral estable en aplicación de un
plan neoliberal. Tramaron para ello en declarar en reestructuración y
reorganización el aparato estatal.
Sin embargo tras duras jornadas de lucha
y con justo camino conjuntamente con muchos cesados estatales, logramos que se
derogue esa legislación principalmente
el D. Leg 26093 por contener las
evaluaciones punitivas y siendo así
son inconstitucionales. Esta derogación por ser inconstitucional esta
sostenido en el Libro Diario de Debates de aprobación de la Ley Nº 27487 del Congreso de la República y obran en los
archivo.
Hoy, sabemos que nuestro camino sigue
siendo duro, pero allí precisamente salta la calidad de la clase, sabemos que
el Estado no quiere aprobar la ley que promueva una QUINTA LISTA DE CESES
IRREGULARES, uno, porque colisiona con el modelo económico neoliberal y dos,
usan como pretexto para negarnos el derecho que el tema pasa porque los
dirigentes que han hecho las 04 listas anteriores han efectuado hecho reprobables
y punibles. Ante esto sostenemos que los despedidos que somos las victimas de
esa reprobable acción, no tenemos arte ni parte en eso y muy por el contrario
el Estado debe resarcir justamente por ser victimas de muchas agresiones y ya
no solo por gobernantes anteriores y actuales; sino también por malos
dirigentes de las filas del oportunismo
que arrogándose poder, infringieron duros golpes a las masas más humildes.
A propósito, hoy cínicamente el
oportunismo levanta defensa de sus derechos
y plantean ampliación sólo para 4,000 cuando el propio Estado con
documentos públicos ha reconocido que nunca han calificado más de 70,000
expedientes y entonces está habilitado sus derechos de ellos. Y se hacen llamar
de izquierda, del pueblo. ¿Cuando uno del pueblo vende como mercancía a sus
compañeros? Solo cuando han concertado con el patrón y son parte de ellos.
En el Próximo texto publicaremos nuestra
posición frente al reglamento de la Ley Servir. D.S. Nº 040-2014.PCM, desde ya
liquida el régimen laboral estable y lo cambian por otro flexible, con fines de
despidos.
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