LUCY BARRERA MACHADO Y PATRIA ROJA PRETENDEN ELIMINAR EL DERECHO DE LOS TRES DÍAS DE PERMISO CONTEMPLADOS EN LA RM Nº 571-94ED CON UN SIMPLE OFICIO, ES DECIR DEJAR SIN EFECTO LA RM 571-94ED EN LO REFERIDO AL DERECHO DE LOS MAESTROS A LOS TRES DÍAS CON SOLO UN OFICIO.
DEBEMOS PRECISAR QUE EXISTE EL OFICIO Nº 5470-2013-DUGEL05-SJL/E.A-D-OAJ Y EL OFICIO MÚLTIPLE Nº 0078-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER QUE RATIFICAN EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES A LOS TRES DIAS INCLUIDOS LOS MAESTROS, MENCIONANDO QUE LA RM Nº 571-94ED HASTA LA FECHA NO HA SIDO DEROGADA http://www.ugel05.edu.pe/Horas%20efectivas/11_2-11-2010_RM_571-2004-ED[1].pdf
EN PRINCIPIO TODOS LOS QUE TRABAJAMOS PARA EL ESTADO SOMOS CONSIDERADOS
SERVIDORES PÚBLICOS.
TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS SOMOS EMPLEADOS, MÉDICOS, OFICINISTAS, SECRETARIOS, PERSONAL DE SERVICIO, MAESTROS, DIRECTIVOS, ETC, POR TANTO NOS ASISTE EL DERECHO DE LOS TRES DÍAS POR MOTIVOS PERSONALES CON GOCE DE HABER COMO LO ESTABLECE LA RM Nº
571-94ED.
LO QUE SI DEBEMOS TENER EN CUENTA TAMBIÉN QUE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS NO SON MAESTROS Y PARA LOS MAESTROS PRECISAN DE MANERA
COMPLEMENTARIA UN DERECHO MAS, QUE ES POR EL DÍA DEL MAESTRO.
MAESTROS HAGAN RESPETAR SUS DERECHOS
CONOZCA A LOS ILUSTRES ABOGADOS QUE CON UN OFICIO PRETENDEN DEJAR SIN EFECTO LOS ALCANCES DE LA RM Nº 571-94ED.
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