"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

23/11/12

CONVOCAMOS A UNA REUNIÓN DE EMERGENCIA PARA EL DÍA SÁBADO 24 DE NOVIEMBRE DEL 2012


“POR LA REORIENTACION Y RECONSTITUCION DEL SUTEP DESDE LAS BASES HASTA EL CEN”

SEDE: JIRON MIROQUEZADA Nº 376 OFICINA 305 (A UNA CUADRA DE LA AV. ABANCAY) LIMA

OFICIO MULT. Nº 042-2012-CONARE- SUTEP

SEÑOR    : DIRIGENTE DEL COMITÉ NACIONAL DEL CONARE  Y DE LOS SUTEs REGIONAL ES__________________

ASUNTO:  CONVOCAMOS A UNA REUNIÓN DE EMERGENCIA PARA EL DÍA SÁBADO  24 DE NOVIEMBRE DEL 2012

El Comité Nacional del CONARE SUTEP, con ferviente saludo clasista se dirige  a Ud. y por intermedio suyo al magisterio de su Base Regional, para hacer conocer lo siguiente:

PRIMERO.-  Los hechos nos vienen demostrando que, los de la orilla de los explotadores y opresores de nuestro pueblo, no han cejado un solo instante en viabilizar el Plan Neoliberal digitado por  los dueños del mundo, y en ello el Gobierno de Ollanta Humala, mostrando ser uno más dentro de los vulgares serviles del imperialismo; pues, hemos  visto  en todo este tiempo, cómo arremete al pueblo y al magisterio, y en el plano magisterial han consumado sus pretensiones con la aprobación de la nefasta y perversa Ley de Reforma Magisterial, que  entre gallos y media noche,  encaminaron congresistas adictos a este sistema y orden injusto.

SEGUNDO.-  Comprendiendo la dimensión del problema, y sabiendo que los maestros clasistas estamos llamados a desenvolvernos en lucha, incluso en medio de las dificultades, es por ello que hacemos la presente CONVOCATORIA A UD  COMO  DIRIGENTE DEL COMITÉ NACIONAL DEL CONARE  Y DE LOS SUTEs REGIONALES A Una  REUNION DE EMERGENCIA  a desarrollarse en la ciudad de Lima para éste sábado 24 del presente,   en un local que se está gestionando ( para lo que pedimos coordinar,  pues está en trámite de solicitud), reunión que será a partir de las 2:00 p.m. para tratar la SIGUIENTE AGENDA:

1.     Informe de la Medida de Lucha del 21 de Noviembre en rechazo a la Ley de Reforma Magisterial
2.     Tomar acuerdos sobre cómo garantizar la lucha legal: Acción de Inconstitucionalidad, acciones de amparo como parte de la estrategia a desenvolver. (analizar propuesta de posible ruta de la lucha legal que adjuntamos líneas abajo)
3.     Otros.

En espera de su disciplinado cumplimiento, le reiteramos nuestras consideraciones de estima sindical, asumamos nuestra labor de desbrozadores.

Lima 22 de Noviembre del 2012

¡NADA NOS HA CAIDO DEL CIELO, TODO LO HEMOS CONSEGUIDO CON LUCHA!
¡ABAJO LA NEFASTA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL!
¡DEFENDER LA ESTABILIDAD LABORAL Y LOS DERECHOS CONQUISTADOS CON SANGRE POR EL MAGISTERIO PERUANO!


ATENTAMENTE



______________
EFRAIN R. CONDORI RAMOS
PRESIDENTE DEL COMITÉ NAC.DE LUCHA DEL SUTEP
BASES REGIONALES DEL CONARE SUTEP



POSIBLE RECORRIDO PROCESAL DEL PREDICTAMEN DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL  
DIAS   INSTANCIA      
-ENTRE EL 12 ó 19 DE NOVIEMBRE 2012   ……………….APROBACION EN COMISION DE EDUCACION  
-20 DE NOVIEMBRE 2012       ………………… ………….INGRESO DEL DICTAMEN APROBADO AL PLENO
-29 DE NOVIEMBRE ó 06 DE DICIEMBRE 2012………..….APROBACION DEL DICTAMEN EN EL PLENO
-07 DE DICIEMBRE 2012………… ELEVAN LA AUTOGRAFA DE LEY  A PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
-ENTRE ÚLTIMA SEMANA DICIEMBRE   …………………. PROMULGACION DE LEY DE REFORMA MAG.
(27, 28 DICIEMBRE 2012) ó
PRIMERA SEMANA DE ENERO 2013
(02,03 ENERO 2013)            

IMPORTANTE:

TACTICA LEGAL CON CARÁCTER GENERAL O ABSTRACTO
·         AL DIA SIGUIENTE DE PROMULGADO LA LEY SE DEBE COMPRAR LOS PLANILLONES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, PARA INCICIAR LA DEMANDA DE INCOSTITUCIONALIDAD, SUGERIENDO QUE SE DEBE MOVER A LA MAS AMPLIA MASA DE PROFESORES POSIBLE A NIVEL NACIONAL, PARA ELLO DEBERA HACERSE 05 DEMANDAS DE INCOSTITUCIONALIDAD QUE DEBERIA HACERLO DEL SIGUIENTE MODO: 1) CALLAO, 2) LIMA, 3) REGION SUR, 4) REGION CENTRO Y 5) REGION NORTE. Y CADA UNA DE LAS BASES ACCIONANTES DE LA DEMANDA DEBERA INICIAR LA RECOLECCION DE FIRMAS A PARTIR DEL 03 DE ENERO 2013 O A PARTIR DE LA ENTREGA DE LOS PLANILLONES DEL T.C., ENTENDIENDOSE QUE DEBERAN RECOLECTAR FIRMAS DE CIUDADANOS MAYORES DE 18 AÑOS Y NO NECESARIAMENTE SOLO MAESTROS. ASI LA COSA ES MÁS FACTIBLE Y POR TANTO LA RECOLECCION BASTARA UN MES DE TRABAJO COMO MAXIMO, CUANTO ANTES MUCHO MEJOR.
·         PARA LA IMPLEMENTACION DE ESTE TRABAJO SE DEBERA ADQUIRIR DE LA OFICINA DE ALMACEN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 50 PLANILLONES PARA EFECTUAR DEMANDA DE INCOSTITUCIONALIDAD, PREVIA SOLICITUD DEL CASO Y PREVIO PAGO POR EL MATERIAL ADQUIRIDO. PROMEDIO DE COSTO PORLOS 50  PLANILLONES ES DE 1,600 NUEVOS SOLES.
·         EN ESTE LINEA DE TRABAJO, EL DIA 03 DE FEBRERO DEL 2013, SE DEBERA PRESENTAR LOS PLANILLONES CON LAS FIRMAS RECOLECTADAS AL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES CON LA SOLICITUD DEBIDAMENTE FUNDAMENTADA, QUE LO HARA EL DEPARTAMENTO LEGAL DEL CONARE.
·         LUEGO UNA VEZ RECEPCIONADA LAS ACTAS DEL J.N.E CON LAS FIRMAS VALIDAS, SE SUGIERE COMO FECHA DE PRESENTACION DE LAS DEMANDAS DE INCOSTITUCIONALIDAD EL DIA 22 DE MARZO 2013, DIAS PREVIOS A LA POSIBLE PUBLICACION DEL REGLAMENTO DE LA NEFASTA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL. PORQUE SON 4 MESES LOS QUE TENDRA EL ESTADO PARA PUBLICAR EL REGLAMENTO.

TACTICA LEGAL CON CARÁCTER INDIVIDUAL
·         AL DIA SIGUIENTE DE PROMULGADO LA LEY SE INICIA ACCIONES DE AMPARO, PARA IMPUGNAR JUDICIALMENTE LA LEY (POR INAPLICACION, CONFISCACION U OTROS MOTIVOS), ES DECIR JUDICIALIZAR LA LEY EN SU INTENTO DE APLICACIÓN.
·         EL DEPARTAMENTO LEGAL SE ENCARGARA DE HACER LLEGAR A CADA DELEGADO O DIRIGENTE REGIONAL LA DEMANDA DE AMPARO, PARA QUE ESTE A SU VEZ IMPLEMENTE A CADA MAESTRO, HACIENDO PRESENTE QUE UNA VEZ PRESENTADO LA DEMANDA DE AMPARO AL PODER JUDICIAL DE SU JURISDICCION, CADA MESTRO DEBERA SACAR UNA COPIA DE SU DEMANDA INTERPUESTA Y CON UN ESCRITO DEBIDAMENTE FUNDAMENTADO PRESENTADA AL DIRECTOR DE SU I.E. COMUNICANDO QUE SU CASO ESTA JUDICILAIZADO Y POR LO TANTO SOLO PODRA APLICARSE LA LEY CUANDO EL PROCESO JUDICIAL HAYA TENIDO UNA SENTENCIA FIRME EN ULTIMA INSTANCIA, EN TANTO ESTO NO OCURRA, NO PUEDE IMPLEMENTAR DICHA NORMA LEGAL, POR CUANTO SE CONFIGURA INTROMISION DE FUNCIONES Y ESO ESTA PENADO POR LA PROPIA CONSTITUCION.

Fuente: CONARE SUTEP

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