Ahora los maestros del IV y V nivel pasarán a la tercera escala magisterial y ya no a la segunda. Esto implica un incremento de S/. 119 millones al presupuesto de S/.720 millones planteado por el Ejecutivo. Maestros que no pasen una segunda prueba extraordinaria tras ser capacitados, tendrán que dejar la carrera pública. El 30% de pago por preparación de clases no fue considerado como bono.
Por Consuelo Alonzo C.
Tras un debate que se prolongó más allá de la una de la madrugada del jueves, y tras realizarle algunas modificaciones al texto presentado por la Comisión de Educación, el Pleno del Congreso aprobó por mayoría, el controversial proyecto de Ley de Reforma Magisterial.
Fueron 51 votos a favor (aunque también tuvo 13 en contra y 14 abstenciones) con los que quedaron establecidas las reglas bajo las cuales se regirá ahora el magisterio peruano, en caso el presidente Ollanta Humala la promulgue.
Así, según este dictamen, los profesores nombrados que se rigen bajo la Ley del Profesorado (Ley N° 24029), comprendidos en los niveles I y II, serán ubicados en la Primera Escala Magisterial; los del III nivel, en la Segunda Escala Magisterial; y los comprendidos en los niveles IV y V, pasarán a la Tercera Escala Magisterial de esta nueva ley.
Por su parte, los maestros comprendidos en los niveles del I al V de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062) serán ubicados respectivamente en la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta escala magisterial.
Además, los maestros que estén disconformes con la ubicación asignada podrán, en el 2013, participar en los dos concursos públicos nacionales para ascender a una escala muy superior si consideran que tienen las calificaciones para ello. De ser así, en un lapso de seis o siete meses, esos maestros alcanzarán un notorio incremento salarial, primero al ser reubicados en la nueva escala magisterial y luego al acceder a un peldaño más alto.
Por ejemplo, un maestro de la Ley del Profesorado del V nivel que realice una jornada de trabajo de 40 horas y que percibe actualmente un remuneración de S/.1.376, al pasar a la Tercera Escala Magisterial bajo el mismo régimen pasará a recibir S/.2.591.50.
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La República
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