Un Poder Judicial sometido al cálculo político - partidario apro - fujimorista no es garantía de seguridad jurídica para ningún ciudadano, ni de respeto a los derechos fundamentales de las personas. A ningún ciudadano de a pie le resulta extraño reconocer en el Poder Judicial, a una de las instituciones públicas más desprestigiadas y repudiadas de nuestro medio. La sociedad rechaza al poder blandengue frente a los corruptos y mafiosos que medran de los recursos públicos; condena al poder de jueces sometidos a los desvergonzados lobbys de poderosas corporaciones empresariales que compran sentencias, antes en la salita del SIN, ahora en las oficinas del Jefe del Poder Judicial Dr. Enrique Mendoza (colocado por vocales supremos apristas), antes Villa Stein (Juez pro Grupo Colina), entre otros personajes dignos del mayor repudio de la sociedad peruana en general.
Este Poder Judicial es el que limpia de culpa a políticos corruptos, empresarios mafiosos y militares asesinos asegurándoles impunidad absoluta. Este poder es el que yéndose contra todo principio jurídico o constitucional inclina la balanza a favor de los ricos y poderosos para atropellar a los débiles, al pueblo trabajador. Pero, utiliza todo su poder arbitrario a través de jueces provisionales, timoratos, colocados por la argolla partidaria apro - fujimorista para perseguir y encarcelar a los luchadores sociales, a aquellos que a través de mecanismos democráticos constitucionales, como la huelga o la marcha callejera, manifiestan su rechazo a políticas económicas y laborales que vulneran los derechos económicos, sociales y laborales de la clase trabajadora, en particular del magisterio peruano.
La detencion judicial del c. Efraín Condori dictada por el 42ª Juzgado Penal de Lima por la presunta comisión del delito contra Tranquilidad Pública - Delito contra la Paz Pública - Disturbios constituye, sin duda, una arremetida abusiva del régimen; una atropello a los derechos fundamentales del Presidente del CONARE SUTEP y una clara vulneración a las ejecutorias emanadas por el propio Tribunal Constitucional peruano. Segun nuestro ordenamiento juridico el mandato de detención es una medida coercitiva de naturaleza personal y de caracter provisional y permanente que se aplica si concurren copulativamente los tres elementos previstos en el art. 135 del Código Procesal Penal como son: 1)La Prueba Suficiente, 2)La Pena Probable y 3)El Peligro Procesal. Este último, el Peligro Procesal, entiéndase el peligro de fuga del imputado o la perturbación de la actividad probatoria, resulta ser el principal elemento que el Juez deberá considerar de manera razonable y proporcional al dictar el mandato de detención, como así lo ha sostenido el Tribunal Constitucional en la Sentencia recaída en el Exp.1260-2002-HC/TC y otras ejecutorias.
Como se conoce el c. Efraín Condori es un profesional docente y a la vez Presidente del CONARE SUTEP, desarrolla públicamente sus actividades sindicales y políticas dentro de los parámetros establecidos en la Constitución Política y las leyes peruanas, tiene dirección domiciliaria como consta en su DNI y el Registro del RENIEC; labora en un colegio público de Puno como profesor nombrado, es padre de familia, tiene esposa e hijos; y su actividad pública en ampliamente reconocida especialmente en la Región de Puno, en otras palabras tiene arraigo domiciliario y laboral. ¿Que peligro de fuga existe alli? ¿Dónde está el peligro procesal? La detención judicial se aplica, aparte de la vinculación del imputado con el ilícito y la pena probable, cuando éste efectivamente carezca de domicilio, empleo y su conducta personal apunte a evadir la acción de la justicia, sea rehuyendo las citaciones judiciales, la posibilidad de fuga o conlleve la desaparición o destrucción de los medios de prueba perturbando con ellos los fines del proceso investigatorio o penal. Ningún de estos supuestos, como hemos señalado lineas arriba, se cumplen en el caso del c. Condori, de ahí que consideramos que aquí estamos ante una acción típica-mente prevaricadora del Juez al dictar una resolución contraria al derecho, a la vez que provoca una grave lesión al derecho a la libertad del Presidente del CONARE SUTEP y de su salud fisica y psicológica al dictarse su internamiento en un establecimiento penitenciario.
Esta ilegal detención representa una decidida represalia del Estado vendepatria encabezado Ollanta Humala, verdugo de la Ley del Profesorado 24029, junto al Congreso lobysta. Es la apuesta a liquidar al MAGISTERIO DIGNO y sus dirigentes que protagonizaron la gloriosa huelga magisterial del 2012, mientras cobija el colaboracionismo del CEN SUTEP (PATRIA ROJA), la organización mafiosa más repudiada por los maestros del Perú. En esta apuesta no nos vencerán. Con esa legitimidad y convicción llamamos a luchar contra el abuso de poder hasta alcanzar la libertad del c. Efrain Condori.
C. EFRAIN CONDORI . . . LIBERTAD.
ABAJO LA PERSECUCIÓN POLÍTICA CONTRA LOS LUCHADORES SOCIALES.
FUERA JUECES PREVARICADORES.
NOTA: A TODOS LOS MAESTROS HACER LLEGAR LA SOLIDARIDAD ECONÓMICA PARA CON EL COMPAÑERO EFRAIN CONDORI RAMOS
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