"El hombre nuevo es aquél que sabe luchar en el auge y en el repliegue, en la victoria parcial o en el revés temporal. Debe luchar, aún sabiendo que la victoria final no está próxima o que incluso no la verá. La lucha de los trabajadores exige no solo interpretar el mundo, sino transformarlo".
GERMAN CARO RÍOS

2/7/12

COMITE NACIONAL DE LUCHA ENVIO MENSAJE AL PUEBLO DE VILLA EL SALVADOR DEMANDANDO APOYO A HUELGA NACIONAL DEL CONARE SUTEP.


Los  dirigentes  Efraín  Condori Ramos  y  Edgar Tello Montes, miembros  del Comité Nacional  de Lucha  del CONARE  SUTEP,   se  presentaron  este  sábado  30 en el programa  radial  "Juntos por la  Verdad"  que  dirige la periodista  Silvia  Pareja  en Radio  Stereo Villa para poner  en  conocimiento  del pueblo de  Villa  El  Salvador  y del Cono  Sur la problemática  del magisterio peruano  y  de la  educación pública  agravados  por  la  aplicación  de  las políticas  neoliberales que  han  congelado las  remuneraciones,  el atropello  a  los  derechos  laborales  y la  creciente privatización de la  escuela pública  bajo  el marco  de la  Constitución  Neoliberal  de  1993. 

Ambos  dirigentes  demandaron el aumento de las  remuneraciones  para  el  magisterio  peruano, el pago  efectivo del  30%  por preparación de clases  consagrado  por la Ley del  Profesorado, el incremento  hasta  el 6%  del PBI  para potenciar  las  escuelas públicas  abandonadas  por  sucesivos  gobiernos,  así  como  el  juzgamiento  y  sanción para  los  funcionarios  del régimen aprista  que  se llenaron  de fortuna con  las obras  de  remodelamiento  de los  colegios  emblemáticos   que  alcanzan  al  ex  Pdte. García (a) "La  plata llega  sola"  y al  ex Ministro José  Antonio Chang,  ambos  socios  propietarios de la  Universidad  San Martin.

Denunciaron  que  frente  a la  desatención del  régimen  ollantista  radicalizarán  sus  acciones, especialmente  en el  interior  del país,  pese  a  las  amenazas  del MINEDU  de  aplicar la  Ley 28411 - Ley  General del  Sistema Nacional del  Presupuesto  que prohíbe  el pago de  remuneraciones a  los  trabajadores  por  los  días no laborados,  amparándose en  una  conocida  sentencia  del  Tribunal  Constitucional que  establece  el  no  abono  a los  trabajadores  que no  hayan realizado  la  contraprestación en  su  respectivo  ámbito laboral.   

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